Acuerdo N° 271-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación06 Junio 2019
Número de registroIN2019347485
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

271-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 26, incisos a) y b) de la Ley 6227 “Ley General de la Administración Pública”, del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo de Viaje 229-P del 09 de abril de 2019, se autorizó al señor Luis Adrián Salazar Solís, cédula de identidad número 1-0916-0699, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones “… para que viaje a la ciudad de Santiago de Chile y participe el día 24 de abril de 2019 como panelista en el evento denominado “Revolución Tecnológica: Desafíos y oportunidades para la industria, el empleo, la igualdad de género y el desarrollo social en América Latina y el Caribe”, organizado por la CEPAL.

El día 25 de abril de 2019 se autoriza al señor ministro para que participe en las reuniones programadas con las áreas de gestión pública y gobierno abierto de la CEPAL para concretizar las acciones del proyecto de generación de capacidades en interoperabilidad, además con la División de Asuntos de Género para el seguimiento del proyecto de STEM y Género y finalmente, con la Unidad de Desarrollo Agrícola y Biodiversidad para revisar los avances del proyecto “Estrategia de Bioeconomía...”

II.—Que en fecha 22 de abril de 2019 fue recibida solicitud mediante oficio MICITTDM-OF-237-2019, de fecha 22 de abril de 2019, suscrito por el señor Salazar Solís, en el cual manifiesta que “… una vez vislumbrados los detalles logísticos del mismo y luego de valorar cada una de las reuniones en las que se participaría, se determinó que estas se gestionarán de manera virtual y así obtener los logros que se tenían proyectados sin necesidad de desplazarse, haciendo un uso eficiente del tiempo y la agenda de la semana, para atender otras actividades de nivel nacional.

Cabe destacar que el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, no incurrirá en ningún gasto, debido a que la participación estaba financiada en su totalidad por la CEPAL…” Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1°—Dejar sin efecto el acuerdo 229-P del 09 de abril de 2019.

Artículo 2°—Rige a partir del 09 de abril de 2019.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de abril de dos mil diecinueve.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—1 vez.—O. C. 082201900180.—Solicitud 149989.—( IN2019347485 ).

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