Acuerdo N° 371-P EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Fecha de publicación18 Diciembre 2019
Número de registroIN2019415859
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

371-P

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE

DE LA REPÚBLICA EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Con fundamento en la Constitución Política, artículo 139, y la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, artículo 47 inciso 3) del 2 de mayo de 1978, Capítulo IV del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, publicado en La Gaceta 92 del 14 de mayo del 2008 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que resulta necesario que el señor Luis Renato Alvarado Rivera, participe en la reunión bilateral Costa Rica-Panamá, la cual se realizará el día lunes 30 de setiembre del 2019 en la Ciudad de Panamá.

2º—Que en el acta de la sesión ordinaria 72-2019 del Consejo de Gobierno celebrada el 24 de setiembre en el artículo sexto se tomó el acuerdo firme que autoriza al Ministro Alvarado Rivera a viajar para asistir a la reunión bilateral Costa Rica-Panamá el próximo 30 de setiembre del 2019 a celebrarse en la Ciudad de Panamá.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Luis Renato Alvarado Rivera, portador de la cédula de identidad número 1-0561-0205, Ministro de Agricultura y Ganadería, para que participe en la reunión bilateral Costa Rica-Panamá a realizarse en la Ciudad de Panamá el día 30 de setiembre del 2019.

Artículo 2º—Los gastos de viaje serán sufragados por el Servicio Fitosanitario del Estado.

Artículo 3º—Se nombra Ministra a. í. a la Viceministra Ana Cristina Quirós Soto, cédula de identidad 1-1066-0119 de las 05:48 horas a las 21:44 horas del lunes 30 de setiembre del 2019.

Artículo 4º—El Ministro Alvarado Rivera queda obligado, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país.

Artículo 5º—Rige a partir de las 05:48 horas a las 21:44 horas del lunes 30 de setiembre del 2019.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de setiembre del dos mil diecinueve.

MARVIN RODRÍGUEZ CORDERO.—1 vez.—O. C. 4600027359.—Solicitud 021.—( IN2019415859 ).

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