Acuerdo Nº 512-2016 - EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR (IN2017103679)

Fecha de publicación27 Enero 2017
Número de registroIN2017103679

Nº 640-2016

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y,

Considerando:

I.—Que en el marco del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos (CAFTA-DR) el grupo técnico de origen ha estado trabajando en la modificación de algunas reglas de origen de interés de los países y en la actualización de las reglas de origen a las distintas enmiendas del Sistema Armonizado. Así mismo, existe interés en discutir algunos temas de las directrices comunes para la interpretación, administración y aplicación de los capítulos 3, 4 y 5 del Tratado.

II.—Que bajo este contexto, se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América del 28 al 29 de noviembre del 2016, una reunión del Grupo Técnico de Origen para discutir los temas pendientes relacionados con reglas de origen y asuntos aduaneros.

III.—Que la participación del señor Carlos Marín Castro en esta reunión resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula número 1-1138-0362, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la reunión del Grupo Técnico de Origen para negociar asuntos pendientes relacionados con reglas de origen y asuntos aduaneros, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América del 28 al 29 de noviembre del 2016. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) Finalizar la negociación de las modificaciones de reglas de origen específicas; 2) Realizar la transposición de las reglas de origen a la VI Enmienda del Sistema Armonizado; y 3) Analizar propuestas para el mejoramiento de las Directrices Comunes. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino, viaja a partir del 27 de noviembre y regresa a Costa Rica el 30 de noviembre del 2016. El día 27 de noviembre corresponde a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US $803,40 (ochocientos tres dólares con cuarenta centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en ambos países, será cubierto con recursos de la subpartida 10501; el seguro médico viajero, con recursos de la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, con recursos de la subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Atlanta, Estados Unidos de América, por conexión.

Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.

Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 30 de noviembre del 2016.

San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.

Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 75297.—( IN2017103677 ).

N° 641-2016

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que la atracción de inversión es una tarea primordial para Costa Rica, dada su relevancia como herramienta para impulsar el desarrollo socioeconómico. Es prioritario para el país fortalecer las condiciones competitivas de Costa Rica requeridas para atraer y retener inversión, ya que actualmente nos enfrentamos a un contexto mundial donde los flujos de inversión se contraen y la competencia por atraer inversión es cada vez más feroz. Más aún, actualmente el país enfrenta importantes retos en la materia, tanto internos como externos, por lo que es necesario formar parte de plataformas que permitan y faciliten la realización de la tarea, que posicionen al país y le permita establecer contactos con otros mercados.

II.—Que la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), conjuntamente con la Confederación de Industria de la India (CII) y el Ministerio de Asuntos Exteriores de la India, la Secretaría de Relaciones...

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