Acuerdo N° MEP 04-2019 El MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Fecha de publicación22 Octubre 2019
Número de registroIN2019395356
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

N° MEP 04-2019

El MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2019 (Ley N°9632 del 28 de noviembre de 2018) y en el artículo N2 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Pablo José Mena Castillo, cédula de identidad N° 205120432, director de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la “Convocatoria a la XLI Reunión de Coordinadores/as Nacionales del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE)”; que se realizará en la ciudad de La Habana, Cuba del 25 al 27 de marzo del 2019.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de doscientos ochenta y seis dólares con cuarenta y nueve centavos de dólar ($286.49). Los gastos por concepto de seguro de viaje serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10504, para un monto de diez dólares con cero centavos de dólar (¢10.00).

Los gastos por concepto de alojamiento y manutención de los días 24, 25, 26 de marzo del 2019 serán cubiertos por la UNESCO organizador del evento. Se incluye los cánones por concepto de las cenas del 24 al 27 de marzo del 2019 y el almuerzo y hospedaje del día 27 de marzo del 2019, que serán reembolsados mediante la subpartida presupuestaria 10504 del Programa Presupuestario 550-00. Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—El señor Mena Castillo en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto, el funcionario...

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