Reglamento para la operación y administración del Alcantarillado Sanitario y Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales del Cantón de la Unión, de 13 de Septiembre de 2012

EmisorMunicipalidad de la Unión

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

El Concejo Municipal de La Unión, en la sesión ordinaria número 185 realizada el jueves 13 de setiembre de 2012, tomó el siguiente acuerdo:

Se acuerda con dispensa del trámite de comisión y en firme, en vista que ha transcurrido el plazo de ley sin que haya habido oposiciones al Reglamento del Alcantarillado Sanitario y Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, se procede a publicar por segunda vez el Reglamento para la Operación y Administración del Alcantarillado Sanitario y Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales del Cantón de La Unión, para que entre a regir al día siguiente de esta publicación. El texto completo aparece en La Gaceta N° 167 del jueves 30 de agosto de 2012.

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ALCANTARILLADO SANITARIO Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES DEL CANTÓN DE LA UNIÓN

Considerando:

I.—La Municipalidad de La Unión basada en las potestades conferidas por los artículos: 169 de La Constitución Política, 28 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, 10 inciso 8) de la Ley de Biodiversidad Nº 7788, 15 de la Ley de Planificación Urbana

4240, 275 y 288 de la Ley General de Salud Nº 5395 y el Código Municipal, en la sesión ordinaria Nº 167 , celebrada el día jueves 21 de junio de 2012, aprueba el presente Reglamento y su publicación en La Gaceta, para su cumplimiento en el Cantón de La Unión.

II.—Que el Estado del cual las Municipalidades son integrantes, debe garantizar a toda persona el derecho a disfrutar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para desarrollarse según se dispone en el artículo 50 de nuestra Constitución Política.

III.—Que la Salud Pública,

los Recursos Naturales y todas las Actividades que se desarrollan en el Cantón,

dependen del recurso hídrico.

IV.—Que las aguas residuales son producto de las actividades realizadas por el ser humano y sus necesidades y pueden afectar en forma negativa el ambiente, la salud pública y el recurso hídrico de los habitantes del cantón.

V.—Que la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y ecosistemas naturales,

deben ser integrados en el desarrollo de políticas socioculturales, económicas y ambientales según lo dispuesto en el artículo 10 inciso 8) de la Ley de Biodiversidad Nº 7788.

VI.—Es una obligación del gobierno local propiciar la sostenibilidad del recurso hídrico para la sobrevivencia y bienestar de los habitantes del cantón.

VII.—Que según la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, es función de las Municipalidades y demás entes públicos,

definir y ejecutar políticas de Ordenamiento Territorial, tendientes a regular y promover los asentamientos humanos y las actividades económicas y sociales de la población, así como el desarrollo físico espacial, con el fin de lograr armonía entre sus ciudadanos, mayor bienestar de la población, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservación del ambiente.

VIII.—Que está

prohibido por Ley General de Salud, Título III, Capítulo I, Artículo 275,

contaminar los cauces de agua superficiales y subterráneas, con aguas residuales que alteren las características físico, químicas y biológicas del agua y la hagan peligrosa para la salud de las personas, de la fauna terrestre y acuática o inservible para usos domésticos, agrícolas, industriales o de recreación.

IX.—Que la Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillado Nº 2726 establece que es responsabilidad del Estado fijar las políticas, establecer y aplicar las normas que promueven el planeamiento, financiamiento y desarrollo de todo lo relacionado con la debida recolección y tratamiento de aguas residuales. Por tanto:

El Concejo Municipal conforme a las potestades dichas acuerda emitir el Reglamento para la Operación y Administración del Alcantarillado Sanitario y de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales del Cantón de La Unión:

CAPÍTULO I

Generalidades

Artículo 1º—mbito de aplicación del presente Reglamento: El presente Reglamento establecerá las regulaciones y procedimientos en la aprobación de soluciones sanitarias en proyectos constructivos públicos y privados, existentes y futuros, relacionados con la operación y administración del servicio de recolección, tratamiento y disposición final de las aguas residuales.

Artículo 2º—Glosario: En el presente reglamento, las siguientes expresiones significan:

Abonado: Persona física o jurídica, propietaria de finca, lote o edificación, de cualquier naturaleza, a la que se le brinda el servicio de recolección y tratamiento del agua residual.

Accesorios: Todas aquellas figuras que se acoplan a las tuberías para dar dirección y conducir las aguas residuales en el sistema de alcantarillado sanitario.

Agente contaminante:

Cualquier elemento cuya incorporación a un cuerpo de agua implique el deterioro de la calidad físico, química y microbiológica de ésta.

Agente patógeno:

Cualquier microorganismo o sustancia que transmite enfermedades en el ser humano y cuyo medio de propagación es el agua.

Agua residual: Es la combinación de líquidos y sólidos acarreados por agua, cuya calidad ha sido degradada por la incorporación de agentes contaminantes. Para los efectos del presente reglamento se clasifican en dos tipo que son: agua residual de tipo ordinario y agua residual de tipo especial.

Agua residual de tipo especial: Agua residual de tipo diferente al ordinario, como son las generadas en algunas industriales y comerciales.

Agua residual de tipo ordinario: Agua residual generada por las actividades domésticas del ser humano (uso de inodoros, duchas, lavamanos, fregaderos, lavado de ropa,

etc.)

Alcantarillado sanitario: Red que recolecta y transporta las aguas residuales hasta su punto de tratamiento y vertido. Se compone de las siguientes obras:

conexiones intra-domiciliarias, tuberías recolectoras, previstas, pozos de registro, accesorios y desfogue hasta un cauce de flujo permanente.

rea de drenaje o campo de absorción: Es el área en la cual se realiza la última parte del tratamiento de un sistema de tanque séptico, el cual se lleva a cabo por absorción del agua en el material filtrante y en el terreno.

Caja sifón: Caja de concreto u otro material que forma parte de las obras de conexión domiciliaria la cual se colocará en la acera por la persona propietaria.

Cauces de agua permanente: Son aquellos ríos o quebradas que durante todo el año cuentan con flujo de aguas Caudal: Volumen de un líquido que pasa por un punto en un tiempo determinado.

Contribuyente: Persona física o jurídica que contribuye dentro del Cantón de La Unión con el caudal de aguas residuales que son tratadas en un tanque séptico o recolectadas a través del alcantarillado sanitario y conducidas a una determinada planta de tratamiento.

Cuaderno de bitácora: Es el cuaderno donde se anotará todo lo relacionado con la operación y el mantenimiento de la planta de tratamiento de Aguas Residuales. También podrán recibirse en este cuaderno, de considerarse conveniente, comentarios de funcionarios de instituciones relacionadas con la Operación y Mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales para que las mismas sean consideradas en estas actividades.

Dirección:

Dirección de Recurso Hídrico.

Equipo electromecánico: Todo equipo que requiera fluido eléctrico para su operación.

La Municipalidad: Para efectos del presente Reglamento, siempre que sea indicado la Municipalidad, debe entenderse la Municipalidad de La Unión.

Mantenimiento de una planta tratamiento de Aguas Residuales: Para efecto del presente reglamento es cualquier actividad de limpieza, reparación,

reconstrucción o sustitución de equipos que sea necesaria dentro de la planta de tratamiento de aguas residuales para su buen funcionamiento.

Manual de operación y de mantenimiento: Es el documento que señala las labores a ejecutar en todas las partes del sistema de alcantarillado sanitario.

Mantenimiento del alcantarillado sanitario: Son todas aquellas labores que se llevan a cabo en el alcantarillado sanitario para garantizar su adecuada operación como son el cambio de tuberías y elementos que lo constituyen, la reparación, la desobstrucción, la sustitución de cualquiera de las partes que lo componen,

entre otros.

Mantenimiento de una planta de tratamiento de aguas residuales: Son todas aquellas actividades que deben llevarse a cabo en una planta de tratamiento con el fin de mejorar los procesos que se llevan a cabo en la planta y procurar un aspecto agradable de las instalaciones. Son algunas de estas actividades: La limpieza de rejillas, la extracción de sólidos flotantes, la buena disposición de estos sólidos, la purga de la planta de tratamiento, la limpieza de zonas verdes aledañas, la construcción y reparación de elementos dañados, limpieza de la casetilla de control, limpieza de las instalaciones de servicio sanitario y pilas, protección de malla perimetral, reparación de fugas, entre otras.

Manual de Operación y de mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales: Es el documento que explica cada una de las labores a realizar dentro de la planta de tratamiento de aguas residuales, para garantizar su adecuado funcionamiento. Las labores a las que se hace referencia en este punto son aquellas a realizar en Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de origen público, sin embargo, es aplicable a todo proyecto de planta de tratamiento de aguas residuales de índole privada que gestiones los permisos constructivos en la Municipalidad.

Obras de conexión Intra-domiciliaria: Son obras de conexión intra-domiciliarias la trampa de grasa o cenicero, la red de tuberías internas instaladas dentro de cada propiedad para la recolección de aguas residuales, las cajas de registro (a ubicar en cambios de dirección del flujo, cambios de pendiente o en la unión de tuberías internas de cada propiedad), las figuras requeridas y la caja sifón a construir en acera inclusive.

Obras de desfogue: Son las obras que llevan el agua...

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