Amplía para el Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), el gasto presupuestario máximo fijado para el 2017, de 30 de Mayo de 2017

EmisorPoder Ejecutivo

N° 40408-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 5048, Creación del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas de 9 de agosto de 1972; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 39613-H de 3 de marzo de 2016 y sus reformas.

Considerando:

  1. Que mediante la Ley Nº 5048, publicada en La Gaceta Nº 158 de 22 de agosto de 1972, se creó el Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), cuyo objetivo general es promover el desarrollo de las ciencias y de la tecnología, para fines pacíficos, por medio de la investigación sistematizada y también contribuir con el progreso socioeconómico del país.

  2. Que mediante el oficio SA-098-2017 recibido el 08 de marzo de 2017, el Director Administrativo Financiero del CONICIT, solicitó incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución para el 2017, por un monto total de ¢963.198.579,80 (novecientos sesenta y tres millones ciento noventa y ocho mil quinientos setenta y nueve colones con ochenta céntimos), con la finalidad de dar contenido presupuestario a la continuidad de los servicios de la institución. Dicha solicitud fue aprobada por el Consejo Director del CONICIT mediante el artículo VII del Acuerdo Nº 10 del Acta 2279 del 07 de febrero de 2017 y cuenta con el aval del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, mediante el oficio MICITT-DM-OF-914-2016.

  3. Que de dicho monto, corresponde ser ampliado por la vía de Decreto Ejecutivo la suma de ¢191.518.834,21 (ciento noventa y un millones quinientos dieciocho mil ochocientos treinta y cuatro colones con veintiún céntimos), misma que será sufragada con recursos provenientes de superávit libre y específico. Del monto señalado, ¢178.252.520,15 (ciento setenta y ocho millones doscientos cincuenta y dos mil quinientos veinte colones con quince céntimos) son recursos originados en superávit libre...

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