Amplia para el Consejo de Transporte Público (CTP), el gasto presupuestario máximo para el año 2016, de 13 de Julio de 2016

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 39832-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 02 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7969, Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas en Vehículos en la Modalidad de Taxi de 22 de diciembre de 1999 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio del 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 38915-H de 13 de marzo del 2015 y sus reformas.

Considerando:

  1. -Que mediante la Ley Nº 7969, publicada en La Gaceta Nº 20 de 28 de enero del 2000 y sus reformas, se creó el Consejo de Transporte Público (CTP) como un órgano de desconcentración máxima, con personería jurídica instrumental, especializado en materia de transporte público y adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual se encarga de definir las políticas y ejecutar los planes y programas nacionales relacionados con las materias de su competencia.

  2. -Que mediante el oficio DM-2016-1205, el Ministro de Obras Públicas y Transportes solicitó incrementar al Consejo de Transporte Público, el gasto presupuestario máximo de dicho órgano para el 2016, por un monto total de ¢1.173.000.000,00 (mil ciento setenta y tres millones de colones exactos), con el fin atender gastos sustantivos y necesarios para la gestión institucional.

  3. -Que dicho monto, corresponde ser ampliado por la vía de Decreto Ejecutivo, mismo que será sufragado con recursos provenientes de superávit específico y que servirá para atender la Etapa Nº 3 del Sistema Financiero Contable, la Sectorización y Modernización, mediante estudios de demanda del Sistema de Transporte Público colectivo remunerado de personas para las rutas fuera de la Gran Área Metropolitana; el Proyecto de Evaluación y Calificación de la Calidad del Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas y el Proyecto Expediente Electrónico, la Central Telefónica, el "RAC" para la Base de Datos Oracle, la Solución Corporativa de Respaldos a Disco, el Sistema de Filas, el Sistema eléctrico y...

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