Análisis de la regulación del comercio electrónico en el marco de las directivas europeas

AutorJorge Ernesto Ocampo Sánchez
CargoProfesor de Lead University y Socio Administrador del Bufete Chacón y Sánchez
Páginas103-145
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Logos
Enero-Junio 2021
Vol. 2 No. 1
ISSN 2215-59 10
El autor es Profe sor de Lead Univers ity y Socio Admini strador del Bufe te Chacón y Sánchez . Se ha desempeñad o como Alcalde
de Alajuela y como Asesor Legislativo.
Jorge Ernesto Ocampo Sánchez
ANALISIS DE LA REGULACIÓN
DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
EN EL MARCO DE LAS
DIRECTIVAS EUROPEAS
Ensayo
RESUMEN
Los avances tecnológicos han llevado a nuestro mundo a una vertiginosa transformación,
entre los que se encuentra la forma en que se ha migrado paulatinamente del comercio pre-
sencial al comercio electrónico. Esto ha provocado que se deba regular todos los aspectos
relacionados con esta nueva forma de comercio, en donde la Unión Europea ha estado a
la vanguardia de las regulaciones de las nuevas realidades tecnológicas que se van presen-
tando en nuestra nueva realidad. Dentro de su normativa, la Unión Europea ha establecido
Directivas con relación al Comercio Electrónico, así como otras Directivas y Reglamentos
en todos los aspectos relacionados con esta nueva modalidad, como son la protección de
datos, los derechos de los consumidores, la contratación a distancia, el dinero electrónico
y los servicios de pago, la scalidad, las tecnologías de seguridad de la información y el
derecho a la competencia. En este trabajo se hace un breve análisis de estas regulaciones y
la forma en que ha incidido en el Proyecto de Ley de Mercado y Comercio Electrónico que
está a la espera de ser discutido por nuestra Asamblea Legi slativa.
Palabras Claves: comercio electrónico, directivas Unión Europea, protección de datos, de-
rechos de los consumidores, contratación a distancia, dinero electrónico, servicios de pago,
scalidad, tecnologías de seguridad de información, derecho de la competencia.
ABSTRACT
Technological advances have led our world to a vertiginous transformation, among which
is the way in which face-to-face commerce has gradually migrated to electronic commerce.
This has led to the need to regulate all aspect s related to this new form of trade, where
the European Union has been at the forefront of the regulations of the new technological
realities that are emerging in our new reality. Within these regulations, it has est ablished
Directives in relation to Electronic Commerce, as well as other Directives and Regulations in
all aspects related to this new modalit y, such as data protection, consumer rights, electronic
money and payment services, taxation, information secur ity technologies and competition
law. This paper makes a brief analysis of these regulations and the way in which they have
affected the Electronic Market and Commerce Law Project, which is waiting to be discu ssed
by Costa Rican Congress.
Key word s: electronic commerce, European Union directives, data protection, consumer
rights, distance contracting, electronic money, payment services, taxation, information
security tech nologies, competition law.
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Ensayo
INTRODUCCION
Los avances en la tecnología de la información y la
comunicación (TIC’s) crecen aceleradamente en nues-
tra era, lo que ha afectado a prácticamente todos los
campos de nuestro accionar. Dentro de estos cambios
provocados por la dinámica tecnológica está la muta-
ción que ha tenido el comercio, el cual ha pasado, en
muchos casos, de ser comercio presencial a ser comer-
cio electrón ico.
Este nuevo comercio electrónico se ha ido trans-
formando en los últimos años a un ritmo vertiginoso
gracias a la existencia de demandantes cada vez más
formados y experimentados que han convertido a la
Internet en un nuevo canal de venta que cada vez más
va adquiriendo más adeptos, sobre todo en este mo-
mento, dentro de la nueva normalidad que nos ha pro-
vocado la pandemia del COVID-19.
Es innegable que el fenómeno de la globalización ha
potenciado un inusitado auge y desarrollo del comer-
cio internacional, donde el comercio electrónico juega
un papel primordial. Sin embargo, ante la rapidez del
establecimiento de esta moderna forma de hacer nego-
cios, la legislación y la consecuente regulación jurídica
de ésta, se han visto rebasada s por la falta de previsión
de sus consecuencias legales.
A pesar de este rezago, es necesario reconocer que se
hacen constantes esfuerzos para tratar de regular estos
nuevos sistemas comerciales que se desprenden del co-
mercio electrón ico, con todas las implicaciones que ello
conlleva. No sólo es necesario regu lar lo concerniente al
comercio como tal, con la contratación electrónica que
tiene lugar en este contexto, sino que se deben regular
aspectos de competencia, seguridad, protección de los
consumidores, protección de datos, etc.
En este campo la Unión Europea ha estado a la van-
guardia de las regulaciones de las nuevas realidades
tecnológicas que se van presentando en nuestra nueva
realidad. Dentro de estas regulaciones ha establecido
Directivas con relación al Comercio Electrónico, así
como otras Directivas y Reglamentos en todos los as-
pectos relacionados con este tipo de comercio.
Antes de adentrarse en el análisis de la regulación
del comercio electrónico en el marco de la regulación
europea, considero necesario hacer un pequeño análisis
del derecho de la Unión Europea y de cómo inciden los
diferentes instrumentos de que este derecho dispone en
cada uno de los Estados que conforman esta Unión.
De igual manera, es necesario hacer una pequeña
introducción a lo que se conoce como comercio elec-
trónico y la forma en que este ha cambiado la manera
de hacer las cosas, sobre todo en el mercado interior
europeo, y que ha traído como consecuencia una nueva
normalid ad.
Como resulta lógico, el contenido principal de esta
investigación se basa en realizar un análisis de todo el
articulado de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento
Europeo y del Concejo relativa a “determinados aspec-
tos jurídicos de los servicios de la sociedad de la infor-
mación, en particular el comercio el ectrónico en el mer-
cado interior (Directiva sobre el comercio electrónico),
en donde se establecen los principales puntos que se
regula n en dicho texto normati vo
De la misma forma, se hace un análisis general
de las otras Directivas emitidas por el Parlamento
Europeo referentes a aspectos que tienen relación con
el ejercicio práctico del comercio electrónico, estable-
ciendo los aspectos más relevantes que son atinentes a
esta nueva práctica comercial.
Para naliz ar, y como una especie de apéndice, se hace
un pequeño análisis del Proyecto Legislat ivo que preten-
de la creación de una Ley del Mercado y del Comercio
Electrónico en nuestro país, y la inuencia innegable que
las Directivas europeas ejercen sobre el mismo.
ANTECEDENTES
Para iniciar el aná lisis de la regulación del comercio
electrónico en el marco de las regulaciones que ha im-
plementado la Unión Europea para todos sus Estados
miembros, es necesario hacer una pequeña introduc-
ción sobre la naturaleza de las legislaciones que forman
el marco jurídico de dicha unión.
Igualmente, y dentro de este marco introductorio,
es necesario conceptualizar lo que se entiende como
comercio electrónico, ya que existen diversas acepcio-
nes acerca de este concepto y, sobre todo, especicar
bien la división entre los conceptos de comercio elec-
trónico directo o indirecto. Por carecer de relevancia
para este trabajo, no se ahondará en la división que
existe en el comercio electrónico a partir de la natura-
leza de los sujetos que lo ejercen.
También es oportuno hacer una pequeña rese-
ña histórica de los principales acontecimientos que
han potenciado la paulatina mutación del comercio
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presencial al comercio electrónico. Esta mutación se
ha ido incrementando en los últimos tiempos, y reci-
bió su aceleración denitiva con la llegada de la nueva
normalidad provocada por el COVID-19, en donde el
aislamiento social se hace imprescindible para e vitar el
contagio y la propagación del virus.
El derecho de la Unión Europea
El derecho de la Unión Europea, igual que la propia
Unión Europea, es supranacional, es decir, se basa en
tratados suscritos por sus Estados miembros. La Unión
Europea nace especialmente con el Tratado de Roma,
por el que se creó la Comunidad Económica Europea
en 1957. “El carácter supranacional del DUE (Derecho
de la Unión Europea) supone que está a medio cami-
no entre el derecho internacional y el nacional de cada
país: si bien es un Derecho que surge de tratados, ha ido
desarrollándose y ampliando su profundidad. Así, ha
producido sus propios actos legales: reglamentos, direc-
tivas y decisiones que, si bien no son leyes, son también
de obligado cumplimiento por sus destinatarios.”1
Los objetivos de los Tratados de la UE se alcan-
zan por medio de distintos tipos de actos legislativos.
Algunos son vinculantes y otros no. Algunos se apli-
can a todos los países de la UE y otros sólo a unos po-
cos. Entre estos actos legislativos tenemos2:
Reglamentos: Los reglamentos son actos legisla-
tivos vinculantes. Deben aplica rse en su integri-
dad en toda la UE.
• Directivas: Las directivas son actos legislativos
en los cuales se establecen objetivos que todos
los países de la UE deben cumplir. Sin embar-
go, corresponde a cada país elaborar sus propias
leyes sobre cómo alcanzar esos objetivos. Las
directivas solo obligan a los Estados a alcanzar
un resultado, pero de la forma en que estimen
oportuna.
• Decisiones: Las decisiones son vinculantes para
aquellos a quienes se dirigen (un país de la UE
1 Shaplan, Trijey. “El Der echo de la Unión Europea , garante de la integrac ión europea”. EOM (El Orden Mu ndial). Publicado el 16 de abr il de 2020. (Consultado
el 4 de julio de 2020). https://elordenmundial.com/derecho-union-europea/
2 Unión Europea . “Reglamentos, Direc tivas y otros actos legisla tivos”. Web oficial de la Unión Europe a”. (Consultada el 2 de julio de 2020) https://europa.eu/
european-union/eu-law/legal-acts_es
3 Shaplan, Trijey. Op. Cit.
4 Gobierno de España, Ministerio de Asuntos Exteriores, Comunidad Europea y Cooperación. “El Derecho Comunitario”. Página Oficial. (Consultado el 9 de
julio de 2020). http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/EspanaUE/es/quees2/Paginas/El-Derecho-comunitario.aspx
o una empresa concreta) y son directamente
aplicables.
• Recomendaciones: Las recomendaciones no
son vinculantes. Las recomendaciones permiten
a las instituciones dar a conocer sus puntos de
vista y sugerir una línea de actuación sin impo-
ner obligaciones le gales a quienes se di rigen.
• Dictámenes: Los dictámenes son instrumentos
que permiten a las instituciones hacer declara-
ciones de manera no vinculante, es decir, sin im-
poner obligaciones legales a quienes se dirigen.
Los dictámenes no son vincu lantes.
La amplitud del derecho comunitario europeo se
debe al propio carácter supranacional de la Unión
Europea, a la cual los países miembros han cedido
parte de sus competencias y soberanía. “El DUE recoge
esas competencias y permite ejercitarlas, y la UE tiene
su propio procedimiento legislativo para crear el dere-
cho: la Comisión tiene la iniciativa legislativa, mientras
el Parlamento y el Consejo, como representantes respec-
tivos de la ciudadanía y los Estados miembros, introdu-
cen modicaciones o enmiendas. El ac uerdo o desacuer-
do entre estas dos instituciones determina si se adopta
o no el acto legislativo. No obstante, el DUE no es solo
derecho europeo, sino también nacional de los Estados
miembros. Una vez que estos lo incorporan pasa a for-
mar parte de su propio ordenamiento jurídico”.3
El Derecho comunitario tiene primacía sobre el
derecho nacional para poder garantizar su uniformi-
dad en todos los Estados miembros. Por otra parte, el
Derecho comunitario tiene autonomía con respecto
al Derecho interno de los Estados. Además, “conere
derechos e impone obligaciones directas tanto a las ins-
tituciones comunitarias como a los Estados miembros
y a sus ciudadanos, en el marco del denominado efecto
directo del Derecho comunitario”.4
Para efectos de este análisis, va mos a centrarnos
en los actos que tienen fuerza vinculante para todos
sus Estados miembros. Especícamente, vamos a en-
focarnos en Directivas emitidas por la Unión Europea

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