Aplicación de la metodología de fijación de tarifas para generadores privados (ley N° 7200) que firmen un contrato nuevo de compra y venta de electricidad con el ICE, de 12 de Enero de 2018

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INTENDENCIA DE ENERGÍA

RIE-001-2018 a las 14:55 horas del 12 de enero de 2018

APLICACIÓN DE OFICIO DE LA "METODOLOGÍA DE FIJACIÓN DE

TARIFAS PARA GENERADORES PRIVADOS (LEY 7200) QUE FIRMEN UN

NUEVO CONTRATO DE COMPRA Y VENTA DE ELECTRICIDAD

CON EL ICE"

ET-072-2017

RESULTANDO:

I. Que el 7 de mayo del 2010, mediante la resolución RJD-009-2010, se aprobó la "MetodologÃa de fijación de tarifas para generadores privados (Ley 7200) que firmen un nuevo contrato de compra y venta de electricidad con el ICE", publicada en La Gaceta No. 109 del 7 de junio del 2010. Modificada mediante las resoluciones aprobadas por la Junta Directiva RJD-027-2014 publicada en el Alcance No. 10 a La Gaceta No.65 del 02 de abril de 2014 y RJD-017-2016 publicada en el Alcance No. 17 a la Gaceta No. 31 del 15 de febrero de 2016.

II. Que el 12 de mayo de 2016, mediante el acuerdo 06-27-2016 de la Junta Directiva, se dispuso: "Suspender la aplicación de la "Modificación de las MetodologÃas de Fijación de Tarifas para Generadores Privados de EnergÃa Eléctrica con Recursos Renovables", RJD-017-2016 publicada en el Alcance No. 17 a la Gaceta No. 31 del 15 de febrero de 2016. Dicho acuerdo fue comunicado a la Intendencia de EnergÃa (IE) el 24 de mayo de 2016, mediante el oficio 399-SJD-2016.

III. Que el 12 de mayo de 2016, mediante el acuerdo 07-27-2016 de la Junta Directiva, dispuso que se: "(.) lleve a cabo un estudio integral de la "Modificación de las MetodologÃas de fijación de tarifas para generadores privados de energÃa eléctrica con recursos renovables", aprobada mediante el acuerdo 01-07-2016, del acta de la sesión 7-2016, celebrada el 8 de febrero de 2016, considerando las observaciones y sugerencias planteadas en este tema por los miembros de la Junta Directiva y se eleve a conocimiento la versión ajustada del caso, para los fines pertinentes".

IV. Que el 10 de enero de 2017, mediante la resolución RIE-001-2017, la IE resolvió fijar las tarifas vigentes para los generadores privados existentes, la cual fue publicada en el Alcance No. 16 a La Gaceta No. 17 del 24 de enero de 2017.

V. Que el 7 de febrero de 2017, en cumplimiento del acuerdo 07-27-2016 de la sesión 07-2016 celebrada el 12 de mayo de 2016, la Junta Directiva de la Aresep conoció el "Informe de Cumplimiento al Acuerdo de Junta Directiva 07-27-2016 del 12 de mayo de 2016: Modificación a MetodologÃa de Generación Privada con Recursos Renovables (Plantas Existentes)" elaborado por la Fuerza de Trabajo.

VI. Que el 7 de febrero de 2017, mediante la resolución RJD-045-2017, la Junta Directiva resolvió, entre otras cosas, levantar la suspensión de la aplicación de la resolución RJD-017-2016 (que se dio el 12 de mayo de 2016, por medio del acuerdo 06-27-2016 de la sesión ordinaria 27-2016 celebrada el 12 de mayo de 2016).

VII. Que el 16 de febrero de 2017, mediante el oficio 130-SJD-2017, se comunicó a la IE el acuerdo 06-06-2017 de Junta Directiva del acta de la sesión ordinaria 06-2017 celebrada el 7 de febrero de 2017 y ratificada el 14 de febrero del mismo año, en donde se instruyó a la IE para que "en un plazo máximo de 5 dÃas naturales proceda a solicitar la información técnica y financiera auditada desagregada de los generadores privados existentes, en aplicación de la metodologÃa contenida en las resoluciones RJD-009-2010 y sus modificaciones, RJD- 027-2014 y RJD-017-2016."

VIII. Que el 22 de febrero de 2017, la IE procedió a solicitar a los generadores privados la información requerida en el oficio 130-SJD-2017 en cumplimiento del acuerdo citado.

IX. Que el 26 de abril de 2017, mediante el oficio 478-IE-2017, la IE solicitó al Departamento de Gestión Documental la conformación de un nuevo expediente "OT" para documentar toda la información relacionada con el cumplimiento del Acuerdo 06-06-2017 de la Junta Directiva encomendado a la IE. Para tales efectos se realizó la apertura del expediente OT-080-2017 en el cual consta la información remitida por los generadores privados y las gestiones realizadas por la IE.

X. Que el 31 de octubre del 2017, mediante la resolución RIE-110-2017, la Intendencia de EnergÃa resolvió el ajuste tarifario para los generadores privados existentes, siendo el informe 1686-IE-2017 el sustento técnico de dicha resolución.

XI. Que el 7 de noviembre de 2017, mediante el oficio 1748-IE-2017, la IEsolicitó al Departamento de Gestión Documental la apertura del presente expediente, y (en el mismo oficio), a la Dirección General de Atención al Usuario (DGAU) la respectiva nota explicativa y convocatoria a audiencia pública para la aplicación de oficio de la tarifa para generadores privados (Ley 7200) que firmen un nuevo contrato de compra y venta de electricidad con el ICE.

XII. Que el 16 de noviembre del 2017, se publicó la convocatoria a la audiencia pública en el Alcance 277 a la Gaceta número 217, asà como también en los diarios de circulación nacional La Extra y La Teja el 20 de noviembre de 2017, siendo el 23 de noviembre de 2017 la fecha programada para la nota explicativa y el 14 de diciembre del 2017 la fecha programada para llevar a cabo la audiencia pública.

XIII. Que el 14 de diciembre del 2017 a las 17:15 horas, se llevó a cabo la respectiva audiencia pública. El 18 de diciembre del 2017, mediante el oficio 4506-DGAU-2017, la Dirección General de Atención al Usuario emitió el informe de Oposiciones y Coadyuvancias de la audiencia mencionada.

XIV. Que el 10 de enero de 2018, mediante el informe técnico 8-IE-2018, la Intendencia de EnergÃa, analizó la presente gestión de ajuste tarifario y en dicho estudio técnico recomendó, entre otros asuntos, fijar las tarifas para los generadores privados existentes que firmen un nuevo contrato de compra venta de electricidad con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).

CONSIDERANDO:

I. Que del oficio 8-IE-2018, citado y que sirve de base para la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

[.]

II. ANÁLISIS DEL ASUNTO

1. Aplicación de la metodologÃa

En este apartado se presenta el detalle de la aplicación de oficio de la "MetodologÃa de fijación de tarifas para generadores privados (Ley 7200) que firmen un nuevo contrato de compra y venta de electricidad con el ICE" según la resolución RJD-009-2010 y sus modificaciones aprobadas RJD-027-2014 y RJD- 017-2016.

La respectiva tarifa se calcula a partir de la siguiente ecuación:

Donde,

Ca son los costos de explotación unitarios promedios por kW,

I es la inversión unitaria promedio por kW instalado,

Xu es el factor promedio de antigüedad de las plantas,

Ke es el costo del capital,

Fp es el factor de planta (carga), y,

TR es la tarifa de referencia.

A continuación, se detalla la forma en que se realizó el cálculo de cada una de las variables de dicha ecuación.

2. Información financiera auditada de los regulados según la RJD-009-2010

Respecto a la información financiera auditada utilizada para realizar la presente fijación tarifaria, el marco metodológico vigente según la resolución RJD-009- 2010 establece lo siguiente:

"(.)

Los generadores privados que le vendan energÃa eléctrica al ICE al amparode la Ley Nº 7200 tendrán la obligación de presentar a la Aresep la información financiera auditada que esta disponga, especialmente lo referente a: gastos operativos y de mantenimiento, administrativos y gastos de inversión individual; asà como su debida justificación, que permita al Ente Regulador disponer de la mayor y mejor cantidad de información necesaria para el ajuste del modelo a las condiciones operativas reales. Mientras no se disponga de la información que se detalla en el párrafo anterior o en forma complementaria a esta situación, la Autoridad Reguladora calculará el modelo con la información que se disponga." (el subrayado no es parte del original).

Al respecto, de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva 06-06-2017, comunicado mediante el oficio 130-SJD-2017, por medio del cual se le instruye a la IE:

"(.)

.solicitar la información técnica y financiera auditada desagregada de los generadores privados existentes, en aplicación de la metodologÃa contenida en las resoluciones RJD-009-2010 y sus modificaciones, RJD- 0027-2014 y RJD-017-2017."

Al momento de la preparación del presente informe, se tiene que las siguientes plantas de generadores privados existentes entregaron satisfactoriamente la información financiera auditada (OT-080-2017):

. Rebeca

. Generador Privado Existente Confidencial 1 (RIE-063-2017)

. Platanar

. Volcán

. Don Pedro

. Generador Privado Existente Confidencial 2 (RIE-057-2017)

. Generador Privado Existente Confidencial 3 (RIE-062-2017)

. Plantas Eólicas

El resto de generadores privados, como consta en el OT-080-2017 al momento de la celebración de la audiencia pública, no habÃan presentado la información solicitada, en cumplimiento del Acuerdo 06-06-2017.

3. Costos de explotación (Ca)

De acuerdo con la metodologÃa tarifaria vigente según la resolución RJD-009- 2010 y sus modificaciones RJD-027-2014, RJD-017-2016 y RJD-045-2017, el costo de explotación representa los costos necesarios para mantener y operar una planta en condiciones normales para nuestro paÃs. No incluye gastos de depreciación ni gastos financieros. En este caso se trata de información que se ajuste, en la medida de lo posible, a la realidad de las plantas que se trata de tarifar.

El cálculo de este valor parte de la determinación de una muestra de los costos de explotación (operación, mantenimiento y administrativos) de plantas eléctricas, en la medida de lo posible similares a las plantas que se pretende tarifar.

Según la metodologÃa RJD-027-2014, si no es posible obtener información actualizada de los costos de explotación, estos se podrán actualizar de acuerdo con el Ãndice de precios al productor local, siendo la fuente oficial...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR