¿Tiene un arma no inscrita? Tiene 6 meses para registrarla sin sanción

Si usted tiene en su poder un arma permitida por ley y por alguna razón no la ha inscrito ante el departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad, tendrá una amnistía de seis meses para hacerlo sin ser sancionado.De lo contrario, se expone a una condena de entre tres y cinco años de cárcel por poseer un arma no inscrita, una vez que se venza el plazo.Así lo establece la reforma a la Ley de Armas y Explosivos que, además de endurecer las penas carcelarias por la tenencia y portación ilegal de armas, contiene un transitorio para que las personas físicas y jurídicas con armas permitidas se pongan al día.El transitorio empieza a regir una vez que la Ley sea publicada en La Gaceta. A su vez, el Ministerio de Seguridad emitirá un reglamento.¿Qué requisitos necesito?Eduardo Solano, viceministro de Seguridad Pública, explicó que la inscripción de armas permitidas durante el transitorio no será tan abierta.Mencionó que el interesado deberá cumplir con los requisitos habituales establecidos legalmente ante el Departamento de Armas y Explosivos a través del sistema digital Control Pas.Dichos requisitos son, para iniciar, que el arma sea permitida.Luego, aportar la factura de compra en una armería, el trámite de aduanas en caso de haberla adquirido en el exterior, o un documento notarial de traspaso, si la obtuvo por medio de una compraventa.El transitorio también cubre casos particulares como el de personas que tienen un arma permitida adquirida por herencia de una persona fallecida, por ejemplo, pero que nunca fue registrada.También, aplica para una persona que compró una finca y que, al revisar el lugar, encontrara un arma permitida por ley.En ambos casos u otros parecidos, el nuevo dueño deberá acudir al Departamento de Armas y Explosivos a indicar, mediante declaración jurada ante el funcionario, cómo obtuvo el arma. Luego, deberá proceder a su inscripción."Obviamente nosotros vamos a hacer todos los estudios y revisar los requerimientos para que una persona idónea debe tener para poseer un arma de fuego", explicó el viceministro.Dichos controles son las pruebas psicológica y teórica-práctica sobre tenencia de armas, así como la comprobación de que la persona no posee antecedentes penales, los cuales se exigen al momento de adquirir un arma por los métodos legales.Entre las armas permitidas en Costa Rica destacan las pistolas calibre 22 y 12, la escopeta calibre 12, así como los rifles usados para deportes, por mencionar algunas.La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR