Reforma los artículos 2° y 3° del decreto ejecutivo 36388 'Oficializa el uso del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010', de 21 de Marzo de 2011

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 36652-MOPT LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las facultades que les confieren los numerales 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; con fundamento en lo establecido por la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes Nº 3155, reformada mediante la Ley Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas; la Ley de Administración Vial, Nº 6324 del 24 de mayo de 1979 y sus reformas; la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres,

Nº 7331 del 13 de abril de 1993 y sus reformas; y la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas.

Considerando:

  1. —Que ante la ausencia de una regulación técnica/jurídica pertinente y aplicable en materia de ejecución de Contratos de Obra Pública relativos a Carreteras y Puentes, en los años 70 se dispone la emisión de un Manual Técnico el cual sirva de base para la regulación administrativa, técnica y jurídica en las diversas etapas relacionadas con el desarrollo y ejecución de obras públicas de importancia como lo son los caminos, los puentes y las carreteras, emitiéndose así el llamado ÓManual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-77”,

    Manual que ha tenido vigencia por más de 30 años.

  2. —Que el Manual antes referido y a los presentes efectos denominado simplemente como el CR-77 ha evidenciado ya ciertas carencias en la regulación de nuevos procesos constructivos y en la utilización de nuevos elementos de construcción. Amén de obedecer a una realidad técnico/científica muy diferente a la actual, sin que a la fecha contenga una actualización real y debida de sus términos y condiciones.

  3. —Que en el periodo 2000-2002 se procuró una actualización del referido Manual, pero materialmente nunca se oficializó ni se puso en práctica general debida.

  4. —Que con la emisión de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, en su inciso e), de su literal 6, se encomienda al Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (LANAMME) de la Universidad de Costa Rica (UCR) en convenio con el Consejo Nacional de Vialidad, realizar el desarrollo y actualización de los Manuales Técnicos como el referido CR-77.

  5. Que en mérito de la tarea antes descrita, el LANAMME se dio a la labor de revisar y actualizar las disposiciones del Manual CR-77, y en el mes de Diciembre del año 2010 entregó al Ministerio de Obras Públicas y...

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