Autoriza aumento general al salario base de los Servidores Públicos (Aumento Salarial II semestre del 2013 Sector Público), de 16 de Julio de 2013

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 37807 - MTSS-H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y EL MINISTRO DE HACIENDA En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18) y el artículo 146, ambos de la Constitución Política.

Considerando:

  1. —Que el Gobierno de la República considera importante mantener una política salarial que beneficie a los servidores públicos y que se encuentre acorde con las políticas económicas y sociales desarrolladas en beneficio de toda la ciudadanía costarricense.

  2. —Que es necesario incrementar el salario de los servidores públicos, tomando en cuenta la capacidad fiscal del Estado y las políticas gubernamentales destinadas a propiciar el desarrollo y bienestar del país, coadyuvando en particular con los esfuerzos para el control del incremento del costo de la vida, de forma que la integración de dichas acciones, redunde en beneficio de los funcionarios y las funcionarias.

  3. —Que el incremento salarial, sumado a los demás componentes salariales del Sector Público, coadyuva a la recuperación del poder adquisitivo del salario total de los servidores públicos.

  4. —Que el 9 de agosto del 2007 se suscribió un acuerdo entre el Gobierno de la República y los Representantes de las Organizaciones Sindicales del Sector Público, en el que se determinó la forma para realizar la fijación de los incrementos salariales semestrales para el Sector Público, acordando utilizar una metodología específica para efectuar dicha fijación, que se basa en el reconocimiento de la inflación acumulada (medida con la variación del IPC) del semestre inmediatamente anterior al rige del aumento.

  5. —Que el 20 de marzo de 2012 se suscribió un nuevo acuerdo entre el Gobierno de la República y los Representantes de las Organizaciones Sindicales del Sector Público, en el que se estipula que para la fijación del aumento salarial, el Gobierno aplicará la fórmula convenida en el año 2007.

  6. —Que la tasa de inflación acumulada de enero a junio del 2013, fue de 3.24 % (tres punto veinticuatro por ciento). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Se autoriza un aumento general al salario base de todos los servidores públicos, para el segundo semestre del año 2013, consistente en un 3.24% (tres punto veinticuatro por ciento).

Artículo 2ºEl incremento indicado en el artículo precedente, se aplicará sobre el salario base de las clases de puestos de los servidores públicos, según la determinación que para cada una de estas categorías realice la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR