Autoriza al Instituto Mixto de Ayuda Social para otorgar subsidios a Deudores Sujetos de Derecho Privado, de 30 de Marzo de 2000

EmisorPoder Ejecutivo

PODER EJECUTIVO DECRETOS N° 28629 MP-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En ejercicio de las atribuciones que les confiere el artículo 140,

incisos 3), 8) y 18) de la Constitución Política de la República, los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

  1. —Que mediante Decreto Ejecutivo 24478-MP de fecha 7 de julio de 1995, reformado por Decretos Ejecutivos 24912-MP, 25481-MP-MIVAH, 25509-MP-MIVAH y 27019-MP se creó el Programa de Compensación Social.

  2. —Que mediante Decreto Ejecutivo 27155-MTSS del 22 de junio de 1998, se creó la Comisión Liquidadora del Programa de Compensación Social, con el fin de que implementara las acciones necesarias para realizar el proceso de liquidación de dicho programa.

  3. —Que la Comisión Liquidadora del Programa de Compensación Social estableció dentro de sus normas y procedimientos del proceso de Liquidación del Programa de Compensación Social, una serie de requisitos necesarios para la presentación de reclamos con motivo de la liquidación de dicho programa ante las instituciones participantes y que estas normas y procedimientos garantizan que todos los reclamos aprobados por esta Comisión cumplen, fielmente, con esos requisitos.

  4. —Que mediante criterio de oficio DAJ 2612, del 10 de diciembre de 1998, ratificado mediante criterio de oficio DAGJ 494 99, del 7 de diciembre de 1999,

    la Contraloría General de la República determinó la improcedencia del reconocimiento de los reclamos del programa de compensación social con acreedores sujetos de derecho privado en el marco de este Programa, sin que mediara una autorización expresa para ello.

  5. —Que ante la Comisión Liquidadora del Programa de Compensación Social se han presentado en tiempo y forma, gran cantidad de reclamos sobre deudas con acreedores sujetos de derecho privado que han cumplido plenamente los requisitos establecidos en las normas y procedimientos del proceso de liquidación del Programa de Compensación Social.

  6. —Que dentro del programa Atención Integral para la Superación de la Pobreza del IMAS, se encuentra el subprograma mejoramiento del Hábitat, el cual contiene la Línea de Acción Mejoramiento de la Vivienda dirigido al pago de deudas para las familias en condiciones de pobreza expuestas a la inminente pérdida de sus viviendas.

  7. Que la presente Administración ha considerado necesario gestionar una solución alternativa para los reclamantes de deudas con sujetos acreedores de derecho privado y que cumplan plenamente los requisitos establecidos en las normas y procedimientos del proceso de liquidación del Programa de Compensación Social, a fin de evitar que se cause un perjuicio de gran impacto social al patrimonio familiar de los afectados, con la ejecución de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR