Cambios en las declaraciones informativas

AutorLicda Jenny T Lumbi S.

A través de la resolución general N° DGT-R-022-2012 del veintiséis de setiembre de dos mil doce, publicada en La Gaceta del 19 de octubre del 2012, la Dirección General de Tributación, modifico ciertos aspectos de la resolución DGT-R-026-2011 de 13 de setiembre de 2011, que trata sobre las declaraciones informativas.

Los cambios realizados lo son específicamente en los artículos 4, 5, 12 y 20 de la resolución DGT-R-026-2011, que atañen a la declaración informativa D-151, D-152, forma de presentar las declaraciones y la rectificación de las mismas.

Modificaciones en el D-151.

  1. Se obliga a los organismos internacionales a presentar la declaración D-151.

  2. Se deben reportar en el D-151, la totalidad de compras a proveedores y gastos específicos por los conceptos de alquileres, comisiones, servicios profesionales e intereses, realizadas a una misma persona a nivel nacional, independientemente de su monto.

  3. El vendedor y el comprador deberán reportar los montos netos de las transacciones en los casos donde hubo notas de crédito por devoluciones de mercancías.

  4. Los obligados a presentar el modelo D-151, no deben reportar en el mismo, cuando corresponda a pagadores, las operaciones sobre las cuales les efectuó retención del impuesto de renta y que las hubiera reportado en los formularios D-150 y/o D-152 respectivamente.

    Modificaciones en el D-152.

  5. Cuando las retenciones efectuadas sean por remesas al exterior, el declarante deberá indicar si al efectuar la retención correspondiente se aplicó un convenio internacional, en cuyo caso deberá indicarse además de los datos generales de la retención:

    - El país del tratado que se aplicó, utilizando la codificación que designe la Administración Tributaria para cada país.

    - El origen de la remesa, según los códigos que se detallan a continuación para cada concepto:

    RI: Rentas inmobiliarias

    BE: Beneficios empresariales

    TMA: Transporte marítimo y aéreo

    D: Dividendos

    I: Intereses

    C: Cánones

    GC: Ganancia de capital

    SPI: Servicios personales independientes

    SPD: Servicios personales dependientes

    PC: Participación de consejeros

    A y D: Artistas y deportistas

    RFP: Remuneraciones por función pública

    P y E: Profesores y estudiantes

    OR: Otras rentas

    Presentación de las declaraciones informativas por internet.

    Todas las declaraciones informativas deben ser presentadas obligatoriamente por medio de Internet desde el sitio Web que habilite al efecto la Dirección General de Tributación, debiéndose...

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