Circular Nº 120 de secretaría general de la corte, 26-05-2021

Número de circular120
Fecha26 Mayo 2021
EmisorSecretaría de la Corte

CIRCULAR No. 120-2021 Asunto: Disposiciones a seguir por los despachos judiciales de la materia de tránsito de todo el país ante la continuidad de emergencia nacional por la pandemia del COVID-19.- A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS QUE CONOCEN MATERIA DE TRÁNSITO SE LES HACE SABER QUE: El Consejo Superior en sesión No. 42-2021 celebrada el 20 de mayo de 2021, artículo LIX, dispuso aprobar la propuesta de la Comisión Interinstitucional de Tránsito, sobre las disposiciones a seguir por los despachos judiciales de la materia de tránsito de todo el país ante la continuidad de emergencia nacional por la pandemia del COVID-19, que dice: “Actualización de los lineamientos para la jurisdicción de tránsito publicada en la circular N° 67-2020, con base en el acuerdo adoptado por la Corte Plena en sesión extraordinaria N° 18-2020, celebrada el 2 de abril de 2020, artículo único. Con base en la Circular N° 90-2021 de la Secretaría de la Corte, acuerdo del Consejo Superior en sesión 35-2021 celebrada el 30 de abril en curso, artículo XXII, se dispone: 1. ASPECTOS GENERALES: 1.1. Las oficinas que conocen materia de tránsito de todo el país deberán mantener abiertos los despachos y atender los asuntos de su competencia con el fin de mantener la prestación efectiva de los servicios mínimos sustanciales establecidos más adelante en este documento, así como en atención a las disposiciones que emita el Consejo Superior del Poder judicial. 1.2. Mantener el 20% de presencialidad del personal de la oficina; conforme a las disposiciones del Consejo Superior del Poder Judicial sesión N° 35-2021, celebrada el 30 de abril de 2021, artículo XXII. En todos los casos, se deberán respetar los lineamientos el Ministerio de Salud. En las áreas de uso común, se debe mantener un máximo de aforo del veinte por ciento, mientras que las personas servidoras que disponen de oficinas de uso unipersonal, deberán laborar prioritariamente de forma presencial y en caso de que realicen teletrabajo, esa área deberá ser utilizado por otra persona de la oficina o despacho, de forma que se maximice el uso de los espacios institucionales y se dé la menor afectación a las personas usuarias. 1.3. Instar a las personas usuarias que cualquiera de todas sus gestiones y diligencias, así como toda documentación que desee presentar, lo realicen de forma virtual ya sea mediante Gestión en línea o al correo electrónico institucional, estas opciones se harán de conocimiento en todas las...

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