Clave Fiscal: Ajustes del IVA en las gaseosas

El 18 de noviembre de 2022, la Dirección General de Tributación (DGT) publicó en la página del Ministerio de Hacienda el proyecto de Resolución Alcance General, el cual pretende derogar la obligación de calcular y pagar el impuesto al valor agregado (IVA) en la fase de fabricación o importación de bebidas gaseosas utilizando un margen de utilidad presunta, según señala la resolución N° DGT-R-02-2015 del año 2015.En esa resolución se estipula que el IVA se debe calcular tomando en cuenta un incremento del 22% del precio de venta al comercio detallista. El objetivo era facilitar la recaudación y el control del impuesto sobre las ventas, este mecanismo tenía sentido previo a la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9.635) y a la obligatoriedad de la factura electrónica.Sin embargo, con los cambios que se han implementado en nuestro sistema tributario, mantener un margen presunto para estipular las bases de cálculo del IVA no permite realmente reflejar la realidad de la transacción entre mayoristas y detallistas, lo que también podría afectar el precio de venta al consumidor final.En consecuencia, la derogatoria de esta resolución se podría considerar un paso correcto en aras de lograr una implementación correcta y transparente del IVA en Costa Rica, pues en principio, dicho impuesto no debería producir afectaciones directas en los costos vinculados con la venta de bienes o servicios, sino que, lo que pretende es gravar el valor que se agrega...

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