Clave Fiscal: La representación en materia tributaria

En el portal electrónico del Ministerio de Hacienda se puso en consulta pública un proyecto de resolución que pretende actualizar los requisitos relacionados con la acreditación, representación, mandato y autenticación de firmas ante la Administración Tributaria. Esto por cuanto las personas jurídicas deben acreditar ante el Registro Único Tributario (RUT) a su representante legal; y también deben hacerlo los tutores de un menor de edad que sea obligado tributario. El proyecto menciona al "tutor del incapaz", terminología superada hace varios años con la Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad (agosto del 2016).Recordemos que la Administración Tributaria puede notificar válidamente al representante legal todo tipo de documentos que inicien actuaciones relativas a su representado. No obstante, para actuar en nombre del obligado tributario, el representante legal deberá demostrar tener poder suficiente.Los obligados tributarios, podrán acreditar ante el RUT, además del representante legal, a cualquier otro apoderado que estimen conveniente para actuar ante la Administración Tributaria, siempre y cuando ostente un poder generalísimo sin límite de suma con actuación individual, no...

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