Clave fiscal: ¿Utilidades o rentas de capital inmobiliario?

Uno de los cambios más relevantes de la reforma fiscal, en el caso del impuesto sobre la renta, se produce por la inclusión de las rentas de capital inmobiliario, impuesto que grava los ingresos que se obtienen por alquiler de bienes inmuebles.Sin afán de efectuar una exposición técnica y compleja, en este momento, parece de mayor utilidad hacer énfasis en la posibilidad que tienen algunos contribuyentes de elegir las disposiciones aplicables a los ingresos que perciben por alquileres.En términos generales, las rentas de capital inmobiliario, estarán sujetas al pago del 15% de los ingresos que se perciben por alquileres; en cuyo caso, la ley permite descontar un 15% como gasto deducible. En consecuencia, se deberá cancelar, mensualmente, un 15% que se calcula sobre el 85% del total de los ingresos por dicho concepto.Ahora bien, si un contribuyente solamente recibe ingresos por alquileres, y no tiene otra actividad lucrativa distinta, podrá elegir si tributa conforme a las reglas antes mencionadas, o bien, si prefiere tributar con base en el impuesto sobre utilidad, cuya tarifa sería de hasta un 30% calculado sobre las ganancias obtenida durante el período fiscal.Esta elección depende de la realidad de cada contribuyente, y fundamentalmente, se requiere revisar el total de gastos deducibles que...

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