Colegio de Abogados obligado a crear su fondo de pensiones

Cuando superó las ocho décadas de vida y las cuatro de trabajo, el abogado herediano León Montoya Hernández empezó a prepararse para el retiro.

Al buscar entre las opciones, encontró una ley que le permitiría obtener una pensión por parte del Colegio de Abogados.

Se trata de la Ley Creación del Timbre del Colegio de Abogados, de 1963, la cual establece que los ingresos por ese concepto deben usarse para sostener a la institución y para un fondo de pensiones y jubilaciones 'en beneficio de sus miembros'.

En el 2009, Montoya solicitó la pensión a la entidad, pero esta se lo negó, por lo que él acudió a los tribunales.

El 27 de junio del 2013, el Tribunal Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda, en Goicoechea, resolvió el reclamo.

Los jueces Claudia Bolaños, Elías Baltodano y Sandra Quesada determinaron que Montoya tenía razón. No obstante, señalaron la inexistencia del régimen de pensiones.

Los juzgadores le ordenaron al Colegio de Abogados implementar dicho fondo de pensiones en un plazo de dos años.

Además, dictaron que, en tres meses, se creara la reglamentación del fondo y luego se conociera la petición del demandante.

El fallo fue ratificado por el Tribunal de Casación de lo Contencioso el 11 de setiembre del año pasado, por lo que el plazo para estructurar el régimen vence en setiembre del 2016.

Ejecución. El presidente del Colegio de Abogados, Eduardo Calderón, informó ayer de que, tras la sentencia, se formó una comisión para 'tomar el mejor mecanismo para que sea viable'.

Agregó que se contrató a un actuario, quien realiza el análisis del 'comportamiento histórico de los ingresos por timbres', así como la logística necesaria.

Tanto él como el asesor legal del órgano, Arnoldo Segura, dijeron desconocer cuántos de los 25.000 abogados del país podrían calificar para una pensión e indicaron que eso es parte del análisis que se realiza. Detallaron que han recibido 10...

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