Columna Clave Fiscal: Exenciones en Impuesto al Valor Agregado

A menos de dos meses de la implementación del Impuesto al Valor Agregado, un tema importante es lo relativo a los bienes o servicios que gozarán de exención. La nueva normativa, en su artículo 8, enuncia 35 incisos relativos a exenciones. Por su generalidad, los casos más relevantes son los siguientes: las exportaciones de bienes, la introducción de bienes en depósitos aduaneros, la compra de bienes y la prestación de los servicios utilizados para la producción de bienes y servicios destinados a la exportación.También están exentas las ventas de bienes y servicios entre beneficiarios del régimen de zonas francas, los intereses y las comisiones derivados de todos los préstamos y créditos, los créditos para descuento de facturas, los arrendamientos financieros y los arrendamientos operativos en función financiera.También las transferencias realizadas por medio de las entidades financieras fiscalizadas por la Sugef, los servicios de captación de depósitos del público, los retiros de efectivo, independientemente del medio que se utilice para ello, la utilización de servicios de entidades financieras para el pago de servicios e impuestos, las operaciones de compra, venta o cambio y los servicios análogos que tengan por objeto divisas.Además, las...

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