Comentario al artículo 299 de Código Civil

Fecha06 Octubre 2022
AutorRuth María Alpízar Rodríguez
SecciónCódigo Civil

COMENTARIO

El contenido de esta norma complementa la regla establecida en el numeral 298 del Código Civil (CC).

Se soluciona con ella la situación que se podría presentar, en caso de que exista diferencia en la medida real o material de los terrenos vecinos por deslindar, en relación con lo que sus “títulos” expresan. El vocablo “título”, en el contexto de la norma, se usa como sinónimo de documento donde se consigna el modo o causa de adquisición.

Se establece como regla que la diferencia debe ser distribuida proporcionalmente, en caso de tener que hacerse una división equitativa de la franja, según lo dispuesto en la norma anterior.


AUTOR

Ruth María Alpízar Rodríguez • Cuenta con una Maestría en Administración de Justicia - Materia Civil por la Universidad Nacional, Costa Rica y un posgrado en Derecho Agrario y Ambiental por la Universidad de Costa Rica Se desempeña como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR