Concede asueto a los empleados públicos del cantón de Pérez Zeledón de la Provincia de San José, de 11 de Mayo de 2010

EmisorPoder Ejecutivo

N° 36034-G LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140,

incisos 3), 20), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1),

artículo 27, inciso 1), artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982, y reformada por Ley Nº 7974 del 4 de enero del 2000, acuerdo Nº 2-2010, tomado en la sesión ordinaria Nº 209-10, celebrada el 27 de abril del 2010, de la Municipalidad de Pérez Zeledón. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Pérez Zeledón de la provincia de San José, el día 14 de mayo del 2010, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.

Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.

Artículo 4ºEn relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución...

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