CONCEJO MUNICIPAL Devolución de dinero por pago de timbres correspondientes a otras municipalidades

Fecha de publicación07 Octubre 2020
Número de registroIN2020487995
EmisorRégimen Municipal

CONCEJO MUNICIPAL

Devolución de dinero por pago de timbres correspondientes

a otras municipalidades

El Concejo Municipal Acuerda

Primer:Autorizar a la Administración en la persona del Alcalde Municipal, para que aplique a las devoluciones de dinero, producto de pagos de timbres correspondientes a otras municipalidades, tributos o depósitos efectuados erróneamente a favor de la Municipalidad de San José, un rebajo por concepto de Gasto Administrativo por la suma de (nueve mil colones exactos) por cada trámite, en montos iguales o mayores a (cien mil colones exactos); según recomendación del Proceso de Tasación y la Dirección Financiera mediante el oficio N° DF-310-2020.

Segundo: Autorizar a la Administración en la persona del Alcalde Municipal, para que aplique a las devoluciones de dinero, producto de pagos de timbres correspondientes a otras municipalidades, tributos o depósitos efectuados erróneamente a favor de la Municipalidad de San José, un rebajo por concepto de Gasto Administrativo del 9% (nueve por ciento) por cada trámite, en montos menores a (cien mil colones exactos); según recomendación del Proceso de Tasación y la Dirección Financiera mediante el oficio N° DF-310-2020.

Tercero: Autorizar a la Administración para que cada año aplique un ajuste al monto y porcentaje de las devoluciones de dinero, producto de pagos de timbres correspondientes a otras municipalidades, tributos o depósitos efectuados erróneamente a favor de la Municipalidad de San José, aplicando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de la variación acumulada del mes de diciembre del año anterior, en enero de cada año.”

Acuerdo 2º—Articulo IV, de la Sesión Ordinaria N° 020, celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, el 22 setiembre del año dos mil veinte.

San José, primero de octubre de dos mil veinte.—Sección Comunicación Institucional.—Lic. Gilberto Luna Montero.—1 vez.—O.C. N° 0147472.—Solicitud N° 225091.—( IN2020487995 ).

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