El concepto elástico de violencia bajo el punitivismo actual

AutorLuis Ramón Ruiz Rodríguez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho penal Universidad de Cádiz (España)
Páginas47-70
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EL CONCEPTO ELÁSTICO
DE VIOLENCIA
BAJO EL PUNITIVISMO ACTUAL
THE ELASTIC CONCEPT OF VIOLENCE
UNDER CURRENT PUNITIVISM
Luis Ramón Ruiz Rodríguez
Catedrático de Derecho penal
Universidad de Cádiz (España)
ÍNDICE
1. LA FUNCIÓN DEL CONCEPTO DE VIOLENCIA
EN EL DERECHO PENAL. 2. LA SUPERACIÓN DE
LA TRADICIONAL VIOLENCIA FISICA Y DEL
PROPIO MUNDO FÍSICO. 3. LA LEGITIMIDAD
DE LA VIOLENCIA COMO PUNTO DE PARTI-
DA REGULATORIA. 4. LOS NUEVOS MODOS DE
VIOLENCIA: ESPECIAL REFERENCIA A LA CON-
FLICTIVIDAD SOCIAL EN EL MUNDO VIRTUAL.
5. BIBLIOGRAFÍA.
1. LA FUNCIÓN DEL CONCEPTO DE VIOLENCIA
EN EL DERECHO PENAL
Prevenir la violencia y regular sus consecuencias a
través del ordenamiento jurídico representó, en tiem-
pos pretéritos, una necesidad imperiosa que permitió a
las sociedades humanas mejorar la convivencia y facili-
tar el desarrollo de las capacidades individuales poten-
ciadas por la vida en sociedad.
Los benecios evidentes que ha representado el
control de la violencia individual, en ningún caso han
supuesto la erradicación de la misma en las sociedades
humanas sino, a lo sumo, una división regulada de la
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violencia entre la que resulta legítima y la que se con-
sidera ilegítima, división sancionada por el Derecho,
como herramienta para enfrentar un fenómeno consus-
tancial al ser humano y omnipresente a lo largo de la
Historia.
Enfrentar la regulación de las conductas que llevan
ínsita un contenido violento ha pasado por toda clase
de fórmulas que han dependido de la propia denición
del concepto de violencia, desde las que sólo incorporan
el elemento de la fuerza física1, hasta las que conside-
ran cualquier forma de transgresión como una forma
de violencia que se equipara con cualquier quiebra de
las reglas de comportamiento, sea cual sea su origen,
legitimidad o nivel de imperatividad.
Por lo tanto, el relativismo marca la concreción del
concepto, y los mecanismos y procesos de legitimación
de las fuentes de la violencia establecen la frontera entre
lo debe ser ubicado en el terreno de la transgresión que
resulta relevante para la construcción del ordenamiento
jurídico, y lo que queda al margen.
En ese proceso de determinación de qué es lo tras-
cendente y qué es lo regulable, el Derecho penal ocupa
un papel especial y relevante por la conexión tan íntima
que se produce entre las diferentes formas de violencia y
la necesidad de protección de los intereses que resultan
esenciales para la plena participación de las personas en
las distintas formas de organización social.
1 Acepción primera de Violento/ta del Diccionario de la Real Aca-
demia de la Lengua Española: “Dicho de una persona. Que ac-
túa con ímpetu y fuerza y se deja llevar por la ira”. La Organización
Mundial de la Salud define la violencia como “el uso intencional de la
fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo,
otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas pro-
babilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del
desarrollo o privaciones”. https://www.who.int/topics/violence/es/

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