Resolución

Fecha de publicación25 Mayo 2021
Número de registroIN2021552246
EmisorAGRICULTURA Y GANADERÍA

CONSEJO DIRECTIVO DEL PROGRAMA INTEGRAL

DE MERCADEO AGROPECUARIO

REFORMA AL REGLAMENTO SOBRE VARIACIONES AL

PRESUPUESTO DEL PROGRAMA INTEGRAL

DE MERCADEO AGROPECUARIO

Considerando:

I.—Cuarto: Con fundamento en las facultades que le otorgan la Ley N° 6142 del 25 de noviembre de 1977 en relación con el Decreto Ejecutivo N° 39785-MAG y 40513-MAG; así mismo concordado con las facultades conferidas por el artículo 59 de la Ley General de la Administración Pública.

II.—Que en el artículo 53 de la Ley N° 8131 se dispone que los presupuestos de los entes y de los órganos sujetos a aprobación de la Contraloría General de la República deberán prepararse atendiendo las normas técnicas dictadas por ese Órgano Contralor.

III.—Que el artículo 18 de la Ley N° 8131 y 10 de la Ley General de Control Interno, N° 8292 del 31 de julio del 2002, establecen que el control interno será responsabilidad del jerarca y los titulares subordinados de cada institución, mientras que el control externo corresponderá a la Contraloría General de la República.

IV.—Que el objetivo de esta reforma al reglamento es ajustar la normativa interna al marco jurídico de finanzas públicas correspondiente. Por tanto, se reglamenta:

REFORMA AL REGLAMENTO SOBRE VARIACIONES

AL PRESUPUESTO DEL PROGRAMA INTEGRAL

DE MERCADEO AGROPECUARIO

Artículo 1°—Adiciónese al artículo 1 un párrafo sexto, octavo y decimonoveno que indiquen correspondientemente:

Clasificador económico del gasto: La clasificación económica del gasto consiste en la identificación y agrupación de los egresos del sector público en categorías homogéneas definidas según las características económicas de la transacción, cuyo propósito es servir a la medición del efecto en la economía de las operaciones del sector público. Permite diferenciar el gasto según la finalidad económica, en gasto corriente y de capital y las transacciones financieras.

Delegación de aprobaciones: El Consejo Directivo como máximo jerarca institucional, puede delegar la aprobación de los documentos de variaciones presupuestarias, dentro de los parámetros aquí establecidos.

Regla Fiscal: Lineamientos que ligan el crecimiento del gasto público al crecimiento de la producción nacional y al nivel de la deuda pública. Su aplicación se contempla en la Ley Nº9635 “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, a través de su Título IV de “Responsabilidad Fiscal de la República” y sus reformas, donde busca fortalecer la gestión de las finanzas públicas de las entidades y...

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