Considerando: (IN2015015742)

Fecha de publicación23 Marzo 2015
Número de registroIN2015015742

La Municipalidad de la Cruz, Guanacaste, comunica, resolución ALC-0909-2014-01.

Resolución de las diez horas treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, Carlos Matías Gonzaga Martínez, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad cinco-ciento cincuenta-setecientos cincuenta y tres, vecino del cantón de La Cruz centro, en calidad de Alcalde Municipal de la ciudad de La Cruz, según resolución número cero cero dos tres- E once, guion dos mil once del Tribunal Supremo de Elecciones, y amparado a los artículos números ciento dos inciso siete, ciento sesenta y nueve, de la Constitución Política. Catorce del Código Municipal y ciento noventa y nueve del Código Electoral, periodo comprendido entre el siete de febrero del año dos mil once, hasta el treinta de abril del año dos mil dieciséis.

Considerando:

1º—Que con base a la normativa vigente, Ley General de Caminos Públicos, serán las Municipalidades las encargadas de llevar a cabo el debido proceso en cuanto a la declaración y reapertura de vía pública, (ver artículo 33 LGCP).

2º—Que en fecha 6 de noviembre del 2013, se realiza audiencia pública en la localidad de Los Andes de La Garita, por el asunto de existencia de portones y estrechamiento de camino público, audiencia en la cual se utiliza para comprobar la veracidad de la existencia de la ruta aparentemente estrechada si es pública o no ante esta municipalidad y bajo los parámetros de la legalidad por medio de los cuales se puede concluir si es pública la calle estrechada o no lo es esto con antelación a declarar un estrechamiento.

3º—En fechas 16 y 17 de octubre del 2013 se procede a notificar a las partes colindantes del camino en litigio de la celebración de la audiencia, por medio de cedulas de notificaciones se le informo personalmente a los colindantes Edwin Duarte Espinoza, Edgar Duarte Hernández, Esteban Espinoza Chávez, Johel Mejía Martínez, Melvin Martínez Castro.

4º—Dentro de la audiencia pública en el camino en litigio celebrada el 06 de noviembre del 2013, se recibieron los testimonios de los testigos ofrecidos por las partes intervinientes en el proceso, en total se recibieron 6 testigos entre todos las partes que ofrecieron testigos.

5º—Dentro del expediente administrativo que lleva la Unidad Técnica de Gestión Vial se encuentran prueba documental aportada por la administración Municipal así como prueba documental aportada por las partes interesadas dentro del proceso administrativo.

6º—Dentro del expediente administrativo que lleva la Unidad Técnica de Gestión Vial, se encuentran en los folios 0000043 la prueba para mejor resolver que la administración recibió para mejor resolver del presente expediente.

Hechos probados

Según la valoración de la prueba documental como testimonial, aportada por las partes y las pruebas testimoniales llevadas por la administración en el transcurso del presente proceso dentro de la audiencia pública celebrada en el lugar de los hechos se logra determinar como hechos probados.

1º—Que el camino en litigio a Declarar como público comunica directamente aproximadamente quince familias con acceso de entrada y salida a sus casas de habitación por el camino aquí en litigio el cual se comprueba es público.

2º—Según los testimonios de los testigos José Luis Condega Vásquez, Juan Vásquez López, Mario Artiaga Artiaga, aportados por uno de los interesados sea el señor Johel Mejía, se refleja que los señores que han frecuentado este...

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