Considerando (IN2016098488)

Número de registroIN2016098488
Fecha de publicación03 Enero 2017

El Concejo Municipal de Distrito de Colorado de Abangares. Comunica sesión ordinaria N° 50-2016, Capítulo III, Artículo 10º; celebrada el día doce de diciembre del año dos mil dieciséis, en la sala de sesiones del Concejo Municipal, acordó por unanimidad y definitivamente,

Considerando

Que la ley 7509 Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles en Artículo 25.- Pago adelantado del impuesto. La municipalidad, podrá crear incentivos para el pago adelantado del impuesto al que se refiere esta Ley, hasta en un porcentaje equivalente a la tasa básica pasiva del Banco Central en el momento de pago.

Que el código municipal en el artículo 69 indica La municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes que, en el primer trimestre, cancelen por adelantado los tributos de todo el año.

ACUERDA

“Aprobar la aplicación del incentivo de un 4 % descuento a los contribuyentes que realicen el pago por adelantado la totalidad de los impuestos y servicios municipales del año 2017 en el primer trimestre de dicho año”.

Colorado de Abangares, 16 diciembre del 2016.—Steven Gutiérrez Noguera, Secretario Municipal.—1 vez.—( IN2016098488 ).

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