Addendum al Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales para el establecimiento de la Sede de la Secretaría General, referido a la Sede Académica (FLACSO), de 14 de Febrero de 2001

EmisorAsamblea Legislativa

N° 8085 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

APROBACIÓN DEL ADDÉNDUM AL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES EN COSTA RICA, REFERIDO A LA CREACIÓN DE LA SEDE ACADÉMICA

Artículo único.- Apruébase, en cada una de las partes, el proyecto de ley tendiente a la aprobación legislativa del Addéndum al Convenio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales para el Establecimiento de la Sede de la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales en Costa Rica, referido a la creación de la sede académica, suscrito en San José, el 3 de julio de 1997 y las notas suscritas entre el Gobierno de Costa Rica y la FLACSO con fechas del 30 de junio de 1999, 26 de julio de 1999 y 5 de agosto de 1999. Los textos son los siguientes:

"ADDENDUM AL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA SEDE DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES EN COSTA RICA, REFERIDO A LA CREACIÓN DE LA SEDE ACADÉMICA

El Gobierno de la República de Costa Rica en adelante denominado el Gobierno y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, en adelante denominada la FLACSO.

CONSIDERANDO

Que FLACSO es un organismo internacional de carácter regional y autónomo, constituido por países latinoamericanos cuyo objetivo es promover la enseñanza y la investigación en el campo de las Ciencias Sociales.

Que el Gobierno de la República de Costa Rica es parte del Acuerdo sobre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), aprobado por Decreto Legislativo No. 5638 del 4 de diciembre de 1974 y sus reformas.

Que en la XVI Reunión Ordinaria del Consejo Superior de la FLACSO, celebrada en Buenos Aires, Argentina, los días 26 y 27 de noviembre de 1992, se creó según Res. CSO XVI/09,

el Programa FLACSO Costa Rica, para el desarrollo de las actividades académicas de:

investigación, docencia, extensión cultural y cooperación técnica.

Que en la XI Asamblea General Ordinaria de la FLACSO, realizada en Santiago de Chile el día 22 de marzo de 1996 y ante la voluntad expresa del Gobierno de Costa Rica, se acordó, según Res. AGO XI/05, la conversión del Programa de FLACSO en Costa Rica en Sede Académica, la cual surte pleno efecto a partir de la Res. CSO XX/03, emitida por el Consejo Superior de la FLACSO reunido en Guatemala los días 16 y 17 de abril de 1997.

Que la Secretaría General tiene su Sede en Costa Rica en virtud de un Convenio firmado el 8 de febrero de 1980 entre la FLACSO y el Gobierno, aprobado por Ley No. 6556 del 25 de marzo de 1981 y que en el artículo II punto 3, así como el artículo III de este instrumento se brinda la posibilidad a la Sede de la Secretaría General de firmar convenios relativos a sus funciones y se establecen los objetivos académicos de dicha Sede.

Que el artículo VIII numeral 1 de Acuerdo sobre la FLACSO posibilita la creación de Sedes en el ámbito institucional de un Estado Miembro, mediante la firma de un Convenio suscrito entre la Facultad y el Gobierno correspondiente; y que el artículo XI, numeral 1 del mismo Acuerdo, otorga capacidad jurídica a la FLACSO en sus Estados Miembros.

RESUELVEN

Celebrar el siguiente Addendum que regulará el funcionamiento de la Sede Académica de FLACSO en Costa Rica, de conformidad con el Acuerdo y el Convenio vigentes entre el Gobierno de la República de Costa Rica y la FLACSO.

Artículo I

Se establece una Sede Académica de la FLACSO en Costa Rica, en adelante denominada Sede Académica, con la facultad para realizar las actividades académicas de investigación,

docencia, cooperación técnica, difusión, administrativas y financieras.

Artículo II Son propósitos de la Sede 1.- Desarrollar todas las actividades necesarias para la consecución de los objetivos definidos para las Sedes Académicas, establecidos en términos generales por el Artículo VIII del "Acuerdo sobre la FLACSO", sus Reglamentos y por los Órganos de Gobierno correspondientes.

  1. - Prestar servicios de cooperación científica y técnica en las materias de su competencia al Gobierno de la República de Costa Rica.

  2. - Desarrollar actividades docentes de nivel superior y carácter permanente conducentes al otorgamiento de un postgrado académico, con alcance -por la composición de sus profesores, estudiantes y contenidos- latinoamericano, subregional y nacional. Ello no excluye la realización de cursos de actualización y especialización en diferentes campos, dirigido a distintos actores de la sociedad, concentrados en el tiempo y que no conduzcan necesariamente a la obtención de grados superiores.

  3. - Intensificar la investigación a diferentes niveles, privilegiando las temáticas y áreas de las Ciencias Sociales que asumen prioridades en las agendas nacionales y subregionales. Sin descuidar la investigación conducente a diferentes niveles de teorización, particularmente de nivel intermedio, debería insistirse en aquella de carácter operativo que incida y apoye las esferas de toma de decisiones de los diferentes actores sociales.

  4. - Promover, por diferentes medios y en estrecha coordinación con otras instituciones y ámbitos nacionales y subregionales, la difusión de los resultados de sus propias actividades y de aquellas que tiendan a revalorar el papel de las Ciencias Sociales.

    Artículo III

    Las actividades de la Sede...

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