Corrección de errores materiales de la Metodología para la aprobación de las tarifas de peajes administrados por el Concejo Nacional de Vialidad (CONAVI), de 21 de Septiembre de 2015

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN RJD-204-2015

San José, a las quince horas del veintiuno de setiembre de dos mil quince

CORRECIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA RESOLUCIÓN RJD-151-2014, SOBRE LA

METODOLOGÍA PARA LA APROBACIÓN DE LAS TARIFAS DE PEAJES ADMINISTRADOS

POR EL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD (CONAVI)

EXPEDIENTE OT-208-2014

RESULTANDO:

I. Que con la promulgación de la Ley de Creación del Consejo de Vialidad (Ley No. 7798), se le faculta a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (en adelante Aresep), la regulación del sistema de peajes a que están sometidas las vías y los puentes de la red vial nacional y que se encuentran administrados por el Consejo Nacional de Vialidad (en adelante Conavi). (Noconsta en autos).

II. Que de conformidad con la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley No. 7593) y con la entrada en vigencia del nuevo Reglamento Interno de Organización y Funciones (RIOF), artículo 9, inciso 11, le compete al Regulador General, entre otras cosas, designar equipos para la elaboración de propuestas de políticas y la ejecución de proyectos para el diseño de metodologías de fijación de tarifas y normativa de calidad. (No consta en autos).

III. Que el 10 de setiembre de 2013, el Regulador General crea la comisión Ad Hoc para establecer una metodología que permita determinar las tarifas para el sistema de peajes. (No consta en autos).

IV. Que el 28 de agosto de 2014, mediante el oficio 07-CAMTP-2014 del, la Comisión Ad Hoc, remitió a la Junta Directiva de la Aresep la propuesta de "Metodología para la Aprobación de las Tarifas de Peajes Administrados por el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)" para su respectiva valoración. (Folios 109 al 147).

V. Que el 9 de setiembre de 2014, mediante el oficio 571-SJD-2014 la Junta Directiva de la Aresep comunica el acuerdo 09-50-2014, del acta de la sesión ordinaria 50-2014, celebrada el 28 de agosto de 2014, y ratificada el 4 de setiembre de 2014, a la Dirección General de Atención al Usuario, al Departamento de Gestión Documental y al Coordinador de Comisiones. Dicho acuerdo resolvió lo siguiente: (Folios 01 al 35).

"(...)

"1. Someter al trámite de audiencia pública la siguiente propuesta "Metodología para la Aprobación de las Tarifas de Peajes Administrados por el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)" remitida mediante oficio CAMPT-07-2014 de fecha 28 de agosto de 2014 y con fundamento en lo señalado por la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria en el oficio 636-DGAJR-2014, del 22 de agosto de 2014, cuyo texto se copia a continuación: (...)

  1. Instruir al Departamento de Gestión Documental la apertura del expediente para el trámite respectivo.

  2. Solicitar a la Dirección General de Atención del Usuario que proceda a publicar la convocatoria de audiencia pública en periódicos de circulación nacional y en el diario oficial La Gaceta.

  3. Instruir a la Comisión Ad Hoc Metodología Tarifa de Peaje (CAMTP) para que, una vez realizado el proceso de audiencia pública, proceda a analizar y dar respuesta a todas las posiciones presentadas y remitida a la Junta Directiva la propuesta final de la metodología.

    (...)"

    VI. Que el 24 de setiembre del 2014, en La Gaceta N° 183, se publicó la convocatoria de la audiencia pública, para conocer la propuesta de "Metodología para la Aprobación de las Tarifas de Peajes Administrados por el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)". (Folio 151).

    VII. Que el 30 de setiembre del 2014, en los diarios La Nación y La Extra, se publicó la convocatoria de la audiencia pública, para conocer la propuesta de "Metodología para la Aprobación de las Tarifas de Peajes Administrados por el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)". (Folio 152).

    VIII. Que el 23 de octubre del 2014, se llevó a cabo la audiencia pública en forma presencial en el salón Parroquial de Bribrí y en forma simultánea por medio del sistema de video conferencia en el Auditorio de la Aresep; en los Tribunales de Justicia de los centros de: Limón, Heredia, Ciudad Quesada, Liberia, Puntarenas, Pérez Zeledón y Cartago, en la cual se presentaron las siguientes dos posiciones: Defensoría de los Habitantes, representada por la señora Ana Karina Zeledón Lépiz, en condición de Directora de Asuntos Económicos de la Defensoría de los Habitantes y Orel Dixon Dixon, con cédula de identidad 900340751, según se indicó el informe de oposiciones y coadyuvancias, oficio 3452-DGAU-2014 del 30 de octubre del 2014. (Folio 171 y 172).

    IX. Que el 27 de octubre de 2014, mediante el oficio 03533-DGAU-2014, la Dirección General de Atención al Usuario, resolvió no admitir la oposición interpuesta por el señor Orel Dixon Dixon por observar que el documento interpuesto carece de firma. (Folios 223 al 227).

    X. Que el 7 de noviembre de 2014, mediante el oficio 08-CAMTP-2014, la Comisión Ad-Hoc remitió a la Secretaría de Junta Directiva, el informe final, así como el borrador de acuerdo y el proyecto de resolución relacionados con la presente metodología.(Folios 173 al 214).

    XI. Que el 11 de noviembre de 2014, mediante el oficio 948-DGAJR-2014, la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria emitió criterio sobre la propuesta contenida en el oficio 08-...

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