Criterio Jurídico Nº PJD-SGS-009-2015 Superintendencia General de Seguros, 2016
Número de acuerdo | PJD-SGS-009-2015 |
Fecha de publicación | 26 Enero 2016 |
Año | 2016 |
Tipo de documento | Criterio Jurídico |
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PJD-SGS-009-2015
07 de setiembre de 2015
Señor
Tomás Soley Pérez
Superintendente
Superintendencia General de Seguros
Estimado señor:
Esta División de Asesoría Jurídica emite el siguiente dictamen a fin de analizar si la
información sobre estadísticas del Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo es
considerada de carácter sensible y confidencial, o si por el contrario, constituye
información de interés público.
Este estudio se realiza con el propósito de determinar si dichas estadísticas son
susceptibles o no, de ser entregadas por el Instituto Nacional de Seguros (INS) a
organismos estatales que las requieran en el ámbito de sus funciones y que a la vez,
sean divulgadas al mercado.
1.- ANTECEDENTES.-
Con la apertura del mercado de seguros obligatorios, se hace necesaria una revisión
de los conceptos relacionados a información sensible, comercial y confidencial y
aquella que pueda servir de insumo para la recopilación de las estadísticas en materia
de riesgos del trabajo, tanto a nivel nacional como internacional.
Este aspecto ha sido ampliamente tratado por la Sala Constitucional en numerosos
votos; uno de ellos, el Voto N°2011-016323 de las dos horas treinta minutos del
veintinueve de noviembre de 2011, sobre la entrega de estadísticas en materia de
Riesgos del Trabajo, dispuso declarar con lugar el recurso en vista de que los datos
solicitados tienen un evidente interés público y pueden ser accedidos por cualquier
administrado siempre que se proteja la información confidencial de las personas
aseguradas.
Mediante el oficio SGS-DES-OO-0222-2012, de 26 de enero de 2012, en virtud de una
consulta realizada por el Consejo de Salud Ocupacional sobre la posibilidad de este
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Consejo de acceder a información relacionada con el seguro obligatorio de riesgos del
trabajo, la Superintendencia indicó lo siguiente:
“…se desprende con absoluta claridad que el INS, en acatamiento a lo estipulado por la
Sala Constitucional, debe entregar a cualquier interesado y en especial a un ente como
el Consejo de Salud Ocupacional, las estadísticas sobre riesgos de trabajo que le sean
requeridas; lo anterior no se puede dejar de resaltar que existen normas que
establecen límites a la forma en que los administrados podrán disponer de dicha
información, pues su acceso no puede venir a significar un menoscabo al derecho de
intimidad de los asegurados. Es por ello que las estadísticas, deben ser entregados en
una forma general, de tal manera que no se expongan datos que permitan identificar
las características particulares y confidenciales de los asegurados.”
Con estos argumentos el Viceministro de Trabajo y Seguridad Social remitió el oficio
DVM-231-09-2014-129, de 30 de setiembre de 2014, a la Presidencia del Instituto
Nacional de Seguros, solicitando información estadística de la población asegurada
por el Seguro de Riesgos del Trabajo: “Accidentes y Muertes del Trabajo, así como las
Enfermedades del Trabajo, tanto nuevas como las que ya obran en sus registros, según las
estadísticas de los últimos cinco años. Además, de las Muertes por Enfermedades del Trabajo,
mecanismo necesario para la adecuada definición de políticas y reglamentos para l a prevención
de la Salud ocupacional, que, como mandato legal, detenta el Consejo de Salud Ocupacional.”
Ante dicha petición, el INS entregó los datos solicitados, con la manifestación de que
dicha información es considerada sensible y confidencial al amparo de la Ley
Reguladora del Mercado de Seguros, No. 8653, por tanto reiteró que el uso de ese
material deberá ser únicamente para el CSO y no ser publicado, según expuso el
Viceministro de Trabajo en su oficio No. DVM-50-02-2015 del 10 de febrero de 2015
dirigido a esta Superintendencia.
Recientemente, el 12 de enero de 2015, mediante el oficio con número de referencia
DE-0001-2015, recibido el 20 de ese mes, el señor Hernán Solano Venegas, Director
Ejecutivo del Consejo de Salud Ocupacional remitió a esta Superintendencia la
propuesta de requerimientos estadísticos respecto de los seguros de Riesgos del
Trabajo, producto del “… acuerdo N°2247-2014, de sesión de la Junta Directiva del Consejo de
Salud Ocupacional N°1838-2014 de 26 de noviembre del 2014, en cumplimiento del acuerdo
entre su persona y el Viceministro de Trabajo y Presidente del Consejo de Salud Ocupacional
señor Harold Villegas Román…”
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