Criterio Nº 11383 (DFOE-DL-0869) de Asamblea Legislativa, 12-08-2015

Fecha12 Agosto 2015
EmisorAsamblea Legislativa
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización de Servicios para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 11383
11 de agosto, 2015
DFOE-DL-0869
Licenciada
Ericka Ugalde Camacho
Jefa de Área
comision-gobierno@asamblea.go.cr
Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local
Participativo
Asamblea Legislativa
Su Despacho
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley “Adición del inciso k) al artículo
148 Código Municipal, Ley N° 7794, del 30 de abril de 1998”, que se
tramita con en el expediente N.° 19.186.
Mediante el oficio N.° CPEM-17-15 del 23 de junio del año en curso se requiere el
criterio de la Contraloría General de la República sobre el proyecto de ley “Adición del inciso
k) al artículo 148 Código Municipal, Ley N° 7794, del 30 de abril de 1998”, que se tramita con
en el expediente N.° 19.186.
Es oportuno indicar que el Órgano Contralor realiza su análisis en función de su
ámbito de competencia, razón por la cual los asuntos técnicos o de otra naturaleza
contenidos en el citado proyecto de ley que se apartan de esa premisa, no serán abordados
considerando que por su especialidad, le corresponde a otras instancias emitir opinión o
criterio conforme a las facultades que les asigna el ordenamiento jurídico.
Se indica en la exposición de motivos del proyecto en estudio que se pretende
homologar a los servidores informáticos del Régimen Municipal con los servidores en
informática del resto de la Administración Pública, para que les sea pagada la compensación
económica en razón de la prohibición (que también se incorpora con la reforma propuesta)
por el ejercicio de la profesión.
Entrando en materia, es evidente que en la regulación de la primera parte del inciso
k) que se propone incorporar no se define con exactitud el o los cargos que se pretenden
afectar al régimen de prohibición, ni siquiera se hace una mención específica en ese primer
párrafo, de la profesión cuyo ejercicio liberal se pretende limitar por necesidad o interés
público.
Señalar que la doctrina y la jurisprudencia administrativa y legal han desarrollado en
forma amplia lo relativo al pago por “prohibición”, por lo que no se estima oportuno entrar en
mayores detalles, salvo indicar que se establece mediante ley y que per se no conlleva la
compensación económica; para que esta última proceda, así debe haberse establecido por
el legislador y se encuentra sujeta a tres requisitos esenciales.
El primero de ellos, el requisito funcional, esto es, estar nombrado mediante acto
formal de nombramiento en propiedad, de forma interina o de suplencia en el cargo que se

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