Criterio Nº 12619 (DFOE-LOC-1289) de Municipalidad de Liberia, 01-08-2022

Fecha01 Agosto 2022
EmisorMunicipalidad de Liberia
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.º 12619
01 de agosto, 2022
DFOE-LOC-1289
Licenciado
Donaldo Castañeda Avellán
Auditor Interno
castanedaad@muniliberia.go.cr
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio sobre la aprobación de presupuestos ordinarios
y extraordinarios sin que existan los estados financieros al día
Se procede a dar respuesta al oficio n.° AI-ML-82-2022 de 10 de junio de 2022.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Mediante dicha nota, el Auditor Interno de la Municipalidad de Liberia solicita a la
Contraloría General el criterio para aclarar las siguientes interrogantes:
a) Es requisito esencial para que el Concejo Municipal realice la aprobación de las
Liquidaciones Presupuestarias y los Presupuestos Ordinarios que la corporación
municipal cuente con los estados financieros al día.
b) En el dado caso que sea requisito esencial para aprobar los anteriores instrumentos
presupuestarios por parte del Concejo Municipales (sic), de aprobarse en la condición de
inexistencia de estados financieros al día en la corporación municipal, que implicaciones
legales podrían acarrearle al Concejo Municipal ese tipo de actuaciones.
c) Es requisito presentar ante la Contraloría General de la República, adjunto los estados
financieros institucionales a la aprobación de cada uno de los instrumentos
presupuestarios que aprueba el Concejo Municipal y que luego son remitidos al ente
contralor para su análisis y aprobación definitiva, como es el caso de liquidaciones
presupuestarias, presupuestos ordinarios y extraordinarios.
El Órgano Contralor determinó en un primer momento, que la consulta planteada
por el Auditor Interno de Liberia, no cumplía con el inciso 7) del artículo 8 del Reglamento
sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la
República (Reglamento de Consultas)1, por lo que mediante el oficio n.° 10469
(DJ-1364-2022) de 20 de junio de 2022, y de conformidad con el artículo 10 del
Reglamento de marras, se le previno remitir el criterio legal completo.
1Resolución n.° R-DC-197-2011 de 13 de diciembre de 2011. Disponible en el sitio web
https://cgrfiles.cgr.go.cr/publico/docsweb/documentos/leyes-reglamentos/reglamento-atencion-consultas.pdf
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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