Criterio Nº 156 (DFOE-BIS-0012) de Caja Costarricense de Seguro Social (ccss), 12-01-2023

Fecha12 Enero 2023
EmisorCaja Costarricense de Seguro Social (ccss)
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo del Bienestar Social
Al contestar refiérase
al oficio N.º00156
12 de enero de 2023
DFOE-BIS-0012
Señor
Ólger Sánchez Carrillo
Auditor Interno
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
auditoria_interna@ccss.sa.cr
Estimado señor:
Asunto: Criterio solicitado sobre la competencia para la fiscalización de los
fondos asignados por FODESAF al Fideicomiso N.° 1068 Proyecto
Torre de Cuidados Críticos del Hospital Nacional de Niños
denominado “Torre de Esperanza”
Nos referimos a su oficio N.° AI-1662-2022, adicionado con oficio N.°
AI-1800-20221, mediante los cuales solicita criterio acerca de la competencia de
fiscalización de los fondos asignados por el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares (FODESAF) al Fideicomiso 1068 Proyecto Torre de Cuidados Críticos del
Hospital Nacional de Niños denominado “Torre de Esperanza” .
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Según se desprende del texto de la consulta, esa Auditoría Interna solicita criterio
sobre la competencia de la Contraloría General de la República para la fiscalización de
los fondos aportados por el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
(FODESAF) a la Asociación Pro-Hospital de Niños, encargada de la administración y
designación de dichos recursos para la construcción y equipamiento de la Torre de
Cuidados Críticos del Hospital Nacional de Niños (Torre de Esperanza)2, así como de la
2Fideicomiso 1068 “Proyecto Torre de Cuidados Críticos del Hospital Nacional de Niños denominado Torre
de Esperanza”.
1Recibido en la Contraloría General el 17 de noviembre de 2022.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo del Bienestar Social
DFOE-BIS-0012 2 12 de enero de 2023
disminución que se ha dado de dichos aportes. Agrega el consultante que en el caso
de no ser competencia del ente contralor, se aclare quién sería el responsable de
fiscalizar la gestión efectuada con dichos fondos.
la República, N.° 7428, y del artículo 8 inciso 7) del Reglamento sobre la recepción y
atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República,
R-DC-0197-2011, por medio del oficio DJ-2466-2022 (19199) del 8 de noviembre del
2022, se previno a la Auditoría Interna de la CCSS, para que remitiera su posición con
respecto a la inquietud planteada, así como el fundamento respectivo de la misma, para
su respectivo trámite.
En atención a lo prevenido, mediante oficio AI-1800-2022, del 14 de noviembre de
2022, la Auditoría Interna de la CCSS emitió su criterio con respecto al asunto
consultado y concluyó lo siguiente:
El contrato de Fideicomiso 1068: Proyecto Torre de Cuidados Críticos del
Hospital Nacional de Niños denominado “Torre de Esperanza”, establece a
la Asociación Pro-Hospital Nacional de Niños (APHNN), como fideicomitente
y receptora de los aportes del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares (FODESAF), al Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) como
fiduciario y responsable de administrar los recursos para concretar el fin
establecido en el contrato de fideicomiso y a la Caja Costarricense del
Seguro Social (CCSS), como fideicomisaria o beneficiaria del fideicomiso y
cuya obligación de ceder el derecho de uso de terreno en donde se
construirá la “Torre de Esperanza”, obtención de los permisos
correspondientes y analizar la información que proporcionará el fiduciario en
relación con el desarrollo del proyecto.
De conformidad con lo anterior, la administración de los fondos definidos por
Ley Nº 8783 que reforma la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones
Familiares Nº 5662 para la construcción y equipamiento del proyecto son
responsabilidad de terceros y la Caja Costarricense del Seguro Social
(CCSS) no tiene participación en la gestión de dichos fondos y, por
consiguiente, la Auditoría Interna no tiene la competencia para fiscalizarlos.
No obstante, es importante señalar que la Caja Costarricense del Seguro
Social (CCSS) como beneficiaria del fideicomiso, es una de las partes más
interesadas en la ejecución del proyecto “Torre Esperanza”, ya que podrá
contar con un centro médico especializado en el cuidado crítico pediátrico
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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