Criterio Nº 15675 (DJ-2107) de Concejo Municipal de Distrito de Lepanto de Puntarenas, 27-09-2022

Fecha27 Septiembre 2022
EmisorConcejo Municipal de Distrito de Lepanto de Puntarenas
División Jurídica
1
Al contestar refiérase
al oficio Nº 15675
27 de septiembre de 2022
DJ-2107
Señor
José Francisco Rodríguez Johnson
Intendente Municipal
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE
LEPANTO DE PUNTARENAS
Ce: intendente@concejolepanto.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta sobre pago de prohibición al intendente municipal a
partir de la reforma del artículo 14 de la Ley n.o8422 mediante la Ley n.o10224 del
5 de mayo del 2022.
Nos referimos a su oficio n.° IM-303-2022 del 16 de julio de 2022, recibido el 27 de
julio de 2022 en el buzón de correo electrónico institucional de esta Contraloría General,
en el cual se plantea a este Órgano Contralor una serie de consultas sobre la
procedencia del pago de prohibición al intendente municipal a partir de la reforma al
artículo 14 la Ley n.o8422 mediante la ley n.o10224 del 5 de mayo del 2022.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN.
En el texto de la consulta, se solicita criterio a la Contraloría General en relación
con los siguientes cuestionamientos:
“1. ¿Corresponde el pago del sobresueldo por prohibición según el
#14 y siguientes de la ley No. 8422 a la persona que ocupa el puesto
de Intendente Municipal, quien cumple con los requisitos de estar
acreditado como profesional liberal, estar incorporado al Colegio
Federado de Ingenieros y Arquitectos, siendo agrimensor asociado
como técnico en topografía y catastro?
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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