Criterio Nº 17373 (DJ-1625) de Municipalidad de Guatuso, 04-11-2020
Fecha | 04 Noviembre 2020 |
Emisor | Municipalidad de Guatuso |
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N° 17373
04 de noviembre de 2020
DJ-1625
Señora
Nidia Lilliana Rodríguez Mora
Auditora Municipal
MUNICIPALIDAD DE GUATUSO
Ce: nychrod03@gmail.com
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con la posibilidad del Concejo Municipal de sancionar,
rebajar salario, suspender con y sin de goce salario a los funcionarios que dependen
de este Órgano Colegiado.
Se refiere este Despacho a su oficio n° AI-72-2020 del 20 de octubre de 2020,
recibido en esta Contraloría General el mismo día, mediante el cual consulta el criterio de
este Órgano Contralor en relación con la posibilidad del Concejo Municipal de sancionar,
rebajar salario, suspender con y sin de goce salario, incorporar en el expediente de
personal, dichos acuerdos, cuando no ha cumplido con el debido proceso, en relación con
los funcionarios que dependan de dicho órgano colegiado.
I. OBJETO DE LA CONSULTA
En concreto, la Auditora consultante solicita el criterio de este Órgano Contralor
sobre lo siguiente:
“(...) Puede un Concejo Municipal, llamar la atención, sancionar, rebajar
salario, suspender con y sin de goce salario, incorporar en el expediente
de personal, dichos acuerdos, cuando no ha cumplido con el debido
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