Criterio Nº 205 (DJ-0024) de Junta de Proteccion Social de San Jose, 08-01-2021

Fecha08 Enero 2021
EmisorJunta de Proteccion Social de San Jose

División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio 205
08 de enero de 2021
CGR/DJ-0024-2021
Licda. Doris María Chen Cheang
Auditora Interna
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
Correo electrónico: aicorrespondencia@jps.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Consulta relacionada con el régimen de prohibición al ejercicio liberal
de la profesión .
Nos referimos a su oficio JPS-AI-946-2020 recibido el 1 de diciembre de 2020,
mediante el cual plantea a la Contraloría General una consulta relacionada, con el
régimen de prohibición al ejercicio liberal de la profesión establecido en la Ley contra la
corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública –en adelante LCCEIFP-. En
concreto, se solicita dar respuesta a la siguiente pregunta:
¿ Es procedente o no, el reconocimiento del pago por prohibición al
cargo de un Profesional 3 en el Departamento de Proveeduría,
además del de su jefatura de acuerdo con las funciones que ejecuta ?
I
CONSIDERACIONES PRELIMINARES
La potestad consultiva de la Contraloría General se encuentra regulada, en el
artículo 29 de su Ley Orgánica -n° 7428 del 7 de setiembre de 1994-, de conformidad con
el cual el órgano contralor atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de su fiscalización y los
sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la norma legal recién
indicada.
Por su parte, en el artículo 8 del Reglamento sobre la recepción y atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General –resolución R-DC-197-2011 de las 8:00
horas del 13 de diciembre de 2011- se establecen, las condiciones que rigen el trámite y
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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