Criterio Nº 2360 (DAGJ-0299) de Asamblea Legislativa, 25-02-2009

Fecha25 Febrero 2009
EmisorAsamblea Legislativa
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA

DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA


Al contestar refiérase

al oficio N° 02360





26 de febrero de 2009

DAGJ-0299-2009




Señor

José Luis Valenciano Chaves

Presidente

Comisión de Asuntos Hacendarios

ASAMBLEA LEGISLATIVA



Estimado señor:



Asunto Consulta sobre el proyecto denominado “Aprobación del Convenio de cooperación para el financiamiento de proyectos de inversión (CR-X1007) entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar el Programa de Infraestructura de transporte (PIT)”, que se estudia bajo el expediente no. 17.219.



Nos referimos a su nota recibida en esta oficina el pasado 30 de enero de 2009, mediante la cual solicita el criterio de esta Contraloría General respecto del proyecto denominado “Aprobación del Convenio de cooperación para el financiamiento de proyectos de inversión (CR-X1007) entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar el Programa de Infraestructura de transporte (PIT)”, que se estudia bajo el expediente no. 17.219 el cual fue publicado en La Gaceta no. 13 del 20 de enero de 2009.


Al efecto por medio del oficio DAGJ-0158-2009 del 04 de febrero de 2009 se solicitó una prórroga de quince días más a fin de emitir el criterio en relación con la iniciativa mencionada. De esta manera en tiempo remitimos la respuesta a su consulta.


  1. Sobre la motivación del proyecto de ley No. 17219.


En la exposición de motivos del proyecto bajo análisis, se señala que la crisis económica de la década de los años ochenta, caracterizada por una acelerada devaluación, limitó el endeudamiento externo de Costa Rica, que constituía la principal fuente de financiamiento para grandes obras de infraestructura. Por ello, para buscar fuentes de financiamiento alternativas, se generaron importantes reformas institucionales en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes; como las leyes de creación tanto del Consejo Nacional de Concesiones, como del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi). Igualmente, se aprobó la Ley no. 8114 de “Simplificación y Eficiencia Tributaria”, que soporta el Fondo Vial Nacional (FVN), a partir de la asignación de un porcentaje del ingreso único del impuesto a los combustibles; con el propósito de destinar recursos constantes y permanentes a la vialidad, tanto nacional como cantonal del país.


No obstante, -se afirma en la exposición de motivos- después de la entrada en vigencia de la Ley no. 8114, el país continúa presentando un rezago importante en infraestructura vial destinándose, en los últimos años, recursos adicionales a los correspondientes a dicha ley para poder construir, reconstruir, rehabilitar y mantener la infraestructura vial cantonal y nacional, buscando que llegue a constituirse en un coadyuvante para el desarrollo económico y social del país.


Es por ello, se indica, que como parte de dicha política para el financiamiento de importantes obras no solamente viales, sino de infraestructura del transporte en general, el Gobierno de Costa Rica (GCR) solicitó al Banco Interamericano de Desarrollo (BID) apoyo mediante un instrumento de financiamiento que permitiera invertir recursos adicionales en la recuperación y el mejoramiento de nuestra infraestructura de transporte para el corto, mediano y largo plazo. El producto de dicho esfuerzo conjunto es el “Programa de Infraestructura de Transportes (PIT)”, a ejecutarse mediante el “Convenio de Cooperación para el Financiamiento de Proyectos de Inversión (Ccfpi) (CR-X1007)”, que establece los lineamientos para la definición de proyectos de inversión clasificados por programas con fines específicos, orientados mayoritariamente, pero no de forma exclusiva, a la vialidad nacional y cantonal.

Señala la exposición de motivos que la propuesta de fuente de financiamiento permitirá, inicialmente a este gobierno y mayoritariamente a los próximos tres, realizar las siguientes actividades, entre otras.


a) Rehabilitar caminos cantonales en lastre y tierra, dotándolos adicionalmente de adecuados sistemas de drenaje, que garanticen una mayor durabilidad de los trabajos.

b) Mejorar la infraestructura vial necesaria para la adecuada operación del transporte público urbano por autobús y/o sistemas multimodales de transporte público (incluyendo ferrocarril).

c) Ejecutar obras de rehabilitación, reconstrucción y mejoramiento de rutas nacionales, permitiendo que los recursos de la Ley N. º 8114 sean empleados mayoritariamente en mantenimiento preventivo y correctivo; usos indispensables para, no solamente aminorar la tasa de deterioro de nuestra vialidad nacional, en mayor grado a lo logrado en los últimos años, sino que también garantizar la transitabilidad de la Red Vial Nacional (pavimentada y en lastre). Lo anterior, tomando en cuenta que en los próximos meses, y por primera vez en su historia, el Conavi contará con contratos de mantenimiento para prácticamente el 100 % de los 7.639 Kms. de la Red Vial Nacional.


También se justifica este contrato de préstamo en que la eficiencia y el estado de la infraestructura de transporte de un país son dos de los principales requerimientos para el desarrollo económico; por cuanto el comercio local e internacional, así como el turismo, entre otros muchos grupos de actividad económica, requieren de una infraestructura del transporte consecuente con su elevada tasa de crecimiento. En una economía que compite, la reducida distancia a los puertos y aeropuertos, así como las cortas distancias de recorrido por caminos y carreteras, situación de Costa Rica, deben ser motivos de ventaja con respecto a países de mayores dimensiones; con base en menores costos de operación para los usuarios al viajar distancias reducidas sobre vías en buen estado, con menos gastos de planillas (conductores), combustibles, reparaciones, accidentes, etc.


En la exposición de motivos se hace un resumen del estado de la Red Vial Nacional del País (RVNP), del sistema de transporte público, del sistema ferroviario, del sistema portuario y del sistema aeroportuario. El sector transporte se financia con el presupuesto ordinario asignado por el Gobierno Central, así como de ingresos generados por el mismo sector, como es el caso de: peajes, derechos de circulación, impuesto al combustible, licencias de conducir, infracciones a la Ley de Tránsito, cursos de educación vial, pruebas prácticas, cánones cobrados a los concesionarios del transporte público (autobuses, busetas, taxis) y tarifas portuarias, aéreas y ferroviarias.


Además, se menciona que como los recursos del presupuesto ordinario son escasos y/o no sostenibles, dependiendo del sub-sector, el MOPT ha tenido que recurrir al financiamiento externo y a la figura de la concesión de obra pública, caso de algunas obras de mejoramiento de caminos y construcción de puentes. Dentro de este esquema de financiamiento externo, se enmarca el Ccfpi (CR-X1007).


RESUMEN DEL...

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