Criterio Nº 4651 (DJ-0519) de Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gamez Solano, 13-04-2016

Fecha13 Abril 2016
EmisorInstituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gamez Solano
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N.º 04651
14 de abril de 2016
DJ-0519-2016
Señor
Jorge Gamboa Barrantes
Director Ejecutivo
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano
Estimado señor:
Asunto: Consulta sobre contratación directa con fu ndaciones creadas por universidades
públicas.
Se refiere este Despacho a su oficio IDP-DE-052-2016 de fecha 2 de marzo de 2016, en
el cual plantea consulta referente a si las fundaciones creadas por las universidades públicas
pueden contratar directamente con la Administración según la excepción al procedimiento de
concurso por actividad contractual desarrollada entre sujetos de Derecho Público, establecida en
Adjunta oficio IDP-AL-0009-2016, emitido por la Lic. Marilyn Jiménez Acuña, asesora
legal del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, en que rinde criterio
respecto del tema consultado y concluye que el procedimiento de contratación con las
organizaciones creadas al amparo de la Ley número 7169 no puede ser fundamentado en el
artículo 130 del Reglamento a Ley de Contratación Administrativa concordante con el artículo 2
de la Ley, siendo que dichas contrataciones se deben realizar por medio de los procesos de
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica

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