Criterio Nº 6332 (DCA-1705) de Asamblea Legislativa, 25-06-2014

Fecha25 Junio 2014
EmisorAsamblea Legislativa
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06332
26 de junio del 2014
DCA-1705
Licenciada
Silma Bolaños Cerdas
Jefa de Área
Comisión Permanente de Asuntos Económicos
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley denominado “Ley de Desarrollo de Obra Pública
Corredor Vial San José San Ramón mediante Fideicomiso”, que se tramita bajo el
expediente No. 18.887.
Nos referimos a su correo electrónico recibido en esta Contraloría General de la República
el 04 de julio anterior, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General sobre el
proyecto de ley No.18.887, denominado: “Ley de Desarrollo de Obra Pública Corredor Vial San
José San Ramón mediante Fideicomiso”.
Al efecto por medio del oficio DCA-1564 del 11 de junio de 2014, se solicitó prórroga del
plazo concedido para emitir el criterio en relación con la iniciativa mencionada. De esta manera en
tiempo remitimos la respuesta a su consulta.
En primera instancia, resulta procedente advertir que ante la consulta que realiza el
legislador a esta Contraloría General de la República con respecto a los proyectos de ley, este
órgano contralor se pronuncia exclusivamente con respecto a aquellos aspectos incluidos en el
proyecto, que se circunscriben al ámbito de sus competencias en cuanto al control y la fiscalización
de la Hacienda Pública.
De ese modo, en el presente oficio se incluyen una serie de observaciones para que sean
tomadas en cuenta por parte de los legisladores dentro de la discusión legislativa de la propuesta,
enmarcándose dentro del ámbito competencial que le ha sido asignado a este órgano contralor.
En ese orden de ideas, las observaciones de este órgano contralor se orientan a plantear
inquietudes sobre la solución propuesta en el proyecto y el esquema del negocio según se aprecia en
el articulado. De esa forma, se pretende realizar aportes partiendo del reconocimiento que lo
relevante para el país es que este tipo de negocios sean llevados a través de un buen cauce para que
puedan resultar exitosos. En ese sentido, ya en respuesta ante un proyecto de ley similar, este
órgano contralor indicó mediante oficio 07751 (DCA-1776) del 29 de julio del 2013, lo siguiente:
2
“(…) Así, para esta Contraloría General la consecución de dicho objetivo constituye en un
aspecto de particular relevancia, por cuanto, tal y como lo hemos venido señalando en
nuestras Memorias Anuales de los últimos años, una eficiente inversión en infraestructura
pública tiene efectos positivos tanto sobre el crecimiento económico como sobre el
desarrollo social del país. Diversos estudios en Latinoamérica han demostrado que la
inversión en infraestructura pública mejora los ingresos medios de las familias, la
producción nacional y hace más equitativa la distribución de la riqueza, objetivos planteados
1
En ese orden de ideas, reiteramos lo que
en anteriores oportunidades hemos manifestado en cuanto a que para reactivar la inversión
pública frente a la disminución del gasto público en este rubro, a mediados de los años
noventa el Estado costarricense recurrió a una estrategia de activación de nuevas figuras
contractuales que permitieran el acceso al capital del sector privado y a su vez la
incorporación de esquemas de gestión privada en proyectos de infraestructura pública,
dentro de las cuales destacan la concesión de obra pública y de obra con servicios públicos,
los contratos de gestión interesada, otros contratos tipo BOT y los fideicomisos. Sin embargo
tras casi más de 20 años, los resultados alcanzados de la aplicación de esa estrategia no han
sido satisfactorios, tal y como se ha venido señalando por la Contraloría General desde la
Memoria Anual del año 2007.
2
(…)”
Luego del preámbulo anterior, este órgano contralor procede a realizar algunas
observaciones, para dar atención oportuna a la gestión planteada, haciendo referencia por artículo al
texto planteado en el proyecto de ley sometido a consulta por parte de la Asamblea Legislativa.
I. Sobre la exposición de motivos del proyecto de ley No. 18.887.
Dentro de la exposición de motivos del proyecto en estudio, se señala al igual que en otras
propuestas legislativas anteriores para este mismo objeto, que en razón del carácter de emergencia
nacional que tiene el proyecto vial San José-San Ramón y considerando el interés nacional, el
proyecto propuesto define el desarrollo de la obra mediante un contrato de fideicomiso que capte
recursos frescos existentes en las mismas instituciones y órganos de la Administración
descentralizada.
II. Sobre el contenido del proyecto de ley No. 18.887.
Como punto de partida, considera este órgano contralor importante advertir, que existen en
la corriente legislativa varios proyectos en relación con la construcción de la Carretera San José San
Ramón
3
, que contemplan las mismas fuentes de financiamiento, por lo que deberán los legisladores
1
Memoria Anual 2011, Opiniones y Sugestiones, “Perspectivas de la infraestructura pública”.
2
Ibid.
3
Entre ellos destaca el proyecto de ley denominado “Ley de Creación del Fideicomiso de Obra Pública, para
la Construcción y Mantenimiento de la Carretera San José San Ramón”, q ue se e studia bajo el expediente
No. 18.763 y del proyecto de “Creación del Fid eicomiso de Obra Pública para la Construcción y
Mantenimiento de la Carretera San José-San Ramón”, que se tramita bajo el expediente No. 18769.

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