Criterio Nº 7368 (DCA-2048) de Servicio Fitosanitario del Estado - No Usar, 11-08-2011

Fecha11 Agosto 2011
EmisorServicio Fitosanitario del Estado - No Usar
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No.
07368
11 de agosto, 2011
DCA-2048
Ingeniera
Magda González Arroyo
Directora
Directora Servicio Fitosanitario del Estado
Estimada señora:
Asunto: Se atiende consulta relacionada con la posible aprobación de un convenio
interadministrativo.-
En atención a su oficio No. DSFE-626-2011 mediante el cual consulta acerca del cumplimiento o
no del requisito de refrendo para un convenio a suscribir, ha de indicarse:
I. Objeto de la solicitud
Según se indica en su nota, el Servicio Fitosanitario del Estado, en cumplimiento de la Ley No.
7664, tiene como misión proteger los recursos agrícolas de las plagas y cont ribuir a la protección de
la salud humana y el ambiente, mediante la aplicación de las medidas fitosanitarias y sanitarias en el
ámbito de su competencia. Señala que dentro de ese ámbito de competencias, los servicios que se
brindan tienen un costo, los cuales están regulados mediante el Decreto Ejecutivo No.35753-MAG,
el cual indica se actualiza en forma automática con base en el valor del índice de precios al
consumidor al cierre de cada año.
Agrega que en el Decreto 36341-MAG, publicado en La Gaceta No. 28 del 09 de febrero del 2011,
se incluyó el “servicio de escaneo por rayos x o inspección de equipajes por persona”, con una
tarifa de $2, tarifa que cubre los costos operativos de pago del personal, así como del
mantenimiento y reposición de los equipos de rayos x cuando corresponda, de manera que asegure
dar en forma continua e ininterrumpida las inspecciones a los equipajes de todas aquellas
personas que ingresan al país, con el propósito de minimizar el riesgo de introducción de plagas
que puedan afectar el agro costarricense”, tarifa que está enmarcada dentro del artículo 48 de la
Ley Fitosanitaria No.7664.
A partir de llevar a cabo la r ecaudación de la tarifa referida, manifiesta que se analizó la posibilidad
de suscribir un convenio con el Banco Crédito Agrícola de Cartago, al amparo del artículo 130 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual dispone:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR