Criterio Nº 7406 (DJ-0183), 10-07-2009
Fecha | 10 Julio 2009 |
Emisor | Banco de Costa Rica |
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07406
10 de julio, 2009
DJ-0183-2009
Señor
Mario Rivero Turcios
Gerente General
Banco de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formula por el Banco de Costa Rica mediante oficio GG-05-406-2009, referida a la obligatoriedad de remitir a refrendo las adendas a los contratos derivados del contrato de fideicomiso del Proyecto Térmico Garabito.
Damos respuesta a su oficio GG-05-406-2009 recibido en esta Contraloría General el día 20 de mayo del presente año.
I.- Motivo de la consulta:
De acuerdo con los términos del oficio, el Banco de Costa Rica es el fiduciario del contrato de fideicomiso PT Garabito, suscrito con el ICE para la construcción de la planta térmica Garabito. A su vez, entre el fiduciario y el ICE se suscribió un contrato de arrendamiento mediante el cual se regularon los alcances del alquiler de la planta.
Toda vez que las partes se encuentran negociando la suscripción de adendas a los mencionados contratos, se tiene la inquietud de si éstas deben someterse al trámite de refrendo en tanto el contrato original sí estuvo sujeto a dicho requisito de eficacia.
Sostienen que su asesoría legal, así como el criterio de un asesor legal externo afirman que en aplicación de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, dichas adendas no deberían ir a refrendo.
Por lo anterior, se solicita criterio sobre este punto.
II.- Criterio de la División:
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba