Criterio Nº 9988 (DCA-2613) de Casa Presidencial, 17-07-2018

Fecha17 Julio 2018
EmisorCasa Presidencial
División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09988
17 de julio, 2018
DCA-2613
Máster
Juan Carlos Mendoza García
Ministro
Ministerio de Comunicación
PODER EJECUTIVO
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio respecto a consulta relacionada con el régimen de prohibiciones
para contratar con la Administración Pública.
Se da respuesta al oficio No. MC-JM-030-2018, del seis de junio del dos mil dieciocho, por
medio del cual se formula consulta relacionada con la aplicación del artículo 22 bis de la Ley de
Contratación Administrativa y la ejecución de un contrato.
I. Motivo de la consulta.
Se refiere en su consulta a si existe un impedimento legal o incompatibilidad, a la luz del
numeral 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, respecto del contrato No.
0432016000100195-00 y la ejecución que se encuentra en trámite desde el 23 de noviembre
del 2016; en virtud del vínculo por consanguinidad que existe entre su persona y la señora
Rebeca Knohr Mendoza, quien es la representante legal de la empresa contratada.
Asimismo, remitió copia del oficio No. DP-GALP-007-2018 del 30 de mayo del 2018, por
medio del cual el Grupo Apoyo Legal Presidencial GALP emitió un criterio jurídico respecto de la
situación señalada en el párrafo anterior, en el que concluyó que no se configura la prohibición
señalada en el numeral 22 bis inciso h) de la Ley de Contratación Administrativa, en tanto se
trata de un vínculo de cuarto grado y debido a que la contratación se encuentra en ejecución
desde el 23 de noviembre del 2016, de manera que se configura en la excepción contenida en
el numeral 23 inciso a) de ese mismo cuerpo legal.

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