Criterios consultivos
Páginas | 6-9 |
Fecha | 01 Mayo 2025 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2025 |
6
CGR rechaza reconocimiento
excepcional de viáticos para
delegados internacionales pues se
contaba con tiempo suciente para
contratar
La Contraloría General de la República (CGR)
recibió una solicitud de criterio del Ministerio
de Cultura y Juventud (MCJ) sobre el
reconocimiento excepcional de viáticos para
delegados internacionales que participarán
en la Asamblea IberRutas 2025. El MCJ
argumentó que no podían completar a tiempo
la contratación formal de los servicios, debido
a los plazos y, por lo tanto, solicitaban una
autorización excepcional basada en el artículo
53 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos.
La CGR analizó la solicitud y determinó que la
situación no cumplía con los requisitos para
ser considerada excepcional, esporádica o
imprevista, ya que el MCJ tenía conocimiento
de la Asamblea IberRutas 2025 desde 2024,
por lo que contaba con el tiempo suficiente
para planificar y contratar los servicios.
Además, la CGR señaló que el reglamento
está diseñado para funcionarios públicos
nacionales y no para cubrir compromisos con
terceros. Por lo tanto, la CGR concluyó que la
solicitud del MCJ era improcedente.
DFOE-IAF-0083(07144)-2025
CGR aclara requisitos para que
administraciones municipales
pueden donar instrumentos a bandas
comunales
Una municipalidad puede financiar las bandas
comunales del cantón, incluyendo la donación
de instrumentos musicales, siempre y cuando
se cumplan los siguientes requisitos:
• Que la banda comunal se considere una
escuela de música, comparsa, cimarrona,
o banda sinfónica de formación musical.
• Que pertenezca a una organización sin
fines de lucro, asociación de desarrollo
dentro del cantón, centro de educación
pública, beneficencia o servicio
social que preste servicios al cantón.
• Que la municipalidad haya emitido
un reglamento para su regulación.
• Que la banda tenga personería jurídica
vigente e inscrita ante el Registro Nacional.
Además, la municipalidad debe analizar si
la donación de instrumentos se considera
financiamiento o subvención y si la asociación
es susceptible de recibirla, cumpliendo
con las Normas Técnicas sobre Beneficios
Patrimoniales y la Ley de Asociaciones. La
decisión final sobre la conveniencia de realizar
la donación y el instrumento jurídico a utilizar
(acta de entrega, convenio, reglamento) recae
en la administración municipal.
DFOE-LOC-0217(01835)-2025
Criterios consultivos
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