Cuidado con los despidos virtuales

Páginas1-2
Cuidado con los despidos virtuales
- Cada vez es más frecuente que los patronos quieran realizar despidos de manera
virtual
San José, 8 de julio de 2021. Como parte de la nueva normalidad que vivimos empresas y
trabajadores, los especialistas en derecho laboral de Actualidad Tributaria han recibido
muchas consultas sobre la posibilidad de realizar los despidos de manera virtual.
Ya sea porque muchas empresas han cerrado sus oficinas físicas y enviado a sus
colaboradores a trabajar desde sus casas, o porque las organizaciones también han
extendido sus contrataciones fuera del GAM, los encargados de Recursos Humanos se han
visto frente a la necesidad de realizar despidos o ceses por vías virtuales, lo que ha generado
dudas por parte de los encargados del manejo de personal.
Para la especialista laboral Ana Isabel Borbón, abogada de Actualidad Tributaria, los
empleadores deben considerar siempre los siguientes elementos antes de proceder con
acciones disciplinarias de manera virtual:
Un clarísimo contrato para teletrabajadores: “Muchas empresas mandaron a su
gente a trabajar en casa, pero no contemplaron los cambios que había que hacer
en los contratos y los reglamentos. Entonces, los reglamentos siguen vigentes para
todos los trabajadores, pero el medio para realizar alguna acción disciplinaria, debe
estar claramente indicado y lo mejor es que sea mediante reglamento o política
interna creada para teletrabajo. Igualmente hay que ajustar los contratos para que
cualquier acción y canal de comunicación sea conocido por todas las partes y sea el
oficial”, comentó Borbón.
Establecer los canales oficiales de comunicación en modo teletrabajo: Esto va de
la mano con los contratos claros. Debe existir un canal oficial de comunicación en
estos momentos, cuando no es factible vernos frente a frente para entregar una
amonestación o un despido. Entonces , el patrono debe dejar claro por cuál vía se
van a enviar y recibir las comunicaciones oficiales y la obligación de darse la
confirmación de entrega”.
Cómo se va a enviar un despido y cómo se recibirá la respuesta: El despido lleva
consigo la entrega de una carta y debe ser en persona, através de su jefe inmediato
o el en cargado de recursos humanos. “Con las nuevas modalidades de trabajo, es
imperioso que las empresas revisen sus procedimientos y establezcan reglas claras.
Si quieren despedir o amonestar a una persona por medios electrónicos, debido a
la lejanía en la que se encuentra el empleado, deben asegurarse la forma de recibir
una respuesta de recibido, y en ese caso, la carta debería ir firmada en forma digital
o de lo contrario debe ser enviada por correo certificado para asegurar su entrega.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR