Declara de Utilidad Pública para los intereses del Estado la Asociación Hogar de Ancianos Sagrado Corazón de Jesús de Nandayure, de 16 de Mayo de 2012

EmisorPoder Ejecutivo

N° 37218-JP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO A.I. DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones y en los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones número 29496-J, publicado en la Gaceta número 96 del veintiuno de mayo del dos mil uno.

CONSIDERANDO I. Que el artículo 32 de la Ley de Asociaciones número 218 de ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de Utilidad Pública a las Asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

  1. Que la ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE NANDAYURE,

    cédula de persona jurídica número: 3-002-096697, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día veintiuno de junio de dos mil cuatro, bajo el expediente N° 2956, Tomo N° 368, Asiento 11751.

  2. Que los fines que persigue la Asociación, según el artículo cuarto de sus estatutos, son: Ó... ARTÍCULO CUARTO: Los fines de la Asociación son los siguientes: A) Crear una institución denominada Asociación Hogar de Ancianos Sagrado Corazón de Jesús, que será dirigida y administrada por la asociación, para la atención integral de ancianos carentes de recursos económicos,

    ofreciéndoles condiciones y características de un ambiente familiar. B)

    Desarrollar todo tipo de actividades que permitan al anciano permanecer en la medida de sus posibilidades en actividad física y mental, mediante el establecimiento de fisión terapia (sic), terapia ocupacional, terapia recreativa y actividades culturales. C) Promover ante la familia y la comunidad una actitud de reconocimiento, atención, respeto y comprensión para las personas que se encuentren dentro de la tercera edad...”. (Visible a folio 37 vuelto).

  3. Que tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del...

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