Declarar de Interés Público la Celebración del 'Congreso Mundial de Derecho y Política Ambiental'., de 28 de Febrero de 2000
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 28704-MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DEL AMBIENTE Y ENERGÍA En uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 18) del artículo 140 de la Constitución Política.
Considerando:
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Que en el mes de octubre con motivo de la celebración del Décimo Aniversario de creación de la Sala Constitucional, visitó el país el Dr. Ramón Ojeda Mestre, Secretario General de la Corte Internacional, quien en la visita que realizara al señor Presidente de la República, se refirió a la posibilidad de que el Gobierno de Costa Rica presentara su candidatura para ser la sede del "Congreso Mundial de Derecho y Política Ambiental" que se celebrará en el mes de enero del año 2001 y cuyo objetivo general es propiciar una profunda reflexión, a través de un respetable grupo de personalidades mundiales, en el ámbito político y jurídico, acerca de las perspectivas del ambiente en los temas más complejos del futuro al iniciarse la nueva era.
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Que el 8 de noviembre de 1999 la Segunda Vicepresidencia de La República y el Ministerio del Ambiente y Energía presentaron ante la Corte Internacional de Arbitraje y Conciliación Ambiental, la Candidatura Oficial de Costa Rica, con el fin de asumir la sede y organización del Congreso Mundial " Congreso Mundial de Derecho y Política Ambiental", a efectuarse del 8 al 11 de enero del año 2001.
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Que la Corte Internacional después de analizar la propuesta presentada por Costa Rica, resolvió esta en forma afirmativa, al considerar que nuestro país ha desarrollado una serie de mecanismos participativos e innovadores, orientados a la protección del medio ambiente, lo cual ha sido reconocido a nivel internacional.
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Que acorde con experiencias anteriores en eventos de esta naturaleza, en su organización y financiamiento deberá darse participación a Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a los campos del Ambiente y el Derecho, a las que les corresponderá en gran medida procurar el apoyo económico para esta actividad,
siendo necesario entonces identificar a la organización que recibirá esos fondos y prever la existencia de un mecanismo financiero transparente, como es la figura del Fideicomiso, que asegure el uso oportuno y correcto de los mismos.
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Que Costa Rica en su calidad de sede del Congreso Mundial será declarada del 8 al 11 de enero del 2001 la Capital Mundial del Ambiente. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1ºDeclarar de interés público la celebración del "Congreso Mundial de Derecho y Política...
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