Declaratoria de interés público y nacional de los proyectos de investigación que contribuyan al desarrollo y validación de pruebas o dispositivos para la detección del SARS-COV-2 y el diagnóstico del COVID-19 con apego a la Ley Reguladora de Investigación, de 4 de Agosto de 2020

EmisorPoder Ejecutivo

N° 42515-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y

EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades que les confieren los artículos 21, 50, 140 inciso 8) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, 27 inciso 1), y 28, inciso 2), acápites a) y b) de la Ley General de Administración Pública, Ley número 6227 del 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 2, 4, y 7 de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973; el artículo 2 inciso c) y e) de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley número 5412, del 08 de noviembre de 1973; el Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo 2020; y,

CONSIDERANDO:

I. Que los artículos 21 y 50 de la Constitución Política regulan los derechos fundamentales a la vida y salud de las personas, así como el bienestar de la población, que se constituyen en bienes jurídicos de interés público que el Estado está obligado a proteger, mediante la adopción de medidas que les defiendan de toda amenaza o peligro.

II. Que los artículos 1, 2, 4 y 7, de la Ley General de Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973 y el numeral 2 inciso c) y e) de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud, Ley número 5412 del 08 de noviembre de 1973, regulan la obligación de protección de los bienes jurídicos de la vida y la salud pública por parte del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud. Asimismo, la salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado, y que las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas relativas a la salud son de orden público, por lo que en caso de conflicto prevalecen sobre cualesquiera otras disposiciones de igual validez formal.

III. Que corresponde al Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Salud, la definición de la política nacional de salud, la formación, planificación y coordinación de todas las actividades públicas y privadas relativas a la salud, así como la ejecución de aquellas actividades que le competen conforme a la ley.

IV. Que el 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud emitió una alerta sanitaria debido a la detección en la ciudad de Wuhan de la Provincia de Hubei, en China, de un nuevo tipo de coronavirus el cual se ha expandido a diferentes partes del mundo, provocando la muerte en poblaciones vulnerables y saturación en los servicios de salud.

V. Que el día 06 de marzo de 2020 se confirmó el primer caso de COVID-19 en Costa Rica, luego de los resultados obtenidos en el Instituto Costarricense de Investigación...

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