Decreto Nº 43691 - Decreto No D43691-IN2023728424

Fecha de publicación20 Marzo 2023
Número de registroD43691-IN2023728424
EmisorPoder Ejecutivo

N° 43691-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

En ejercicio de las facultades que confieren los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículos 25, párrafo 1), 27, párrafo 1) y 28, párrafo 2), inciso b) de la ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978, artículo 52 inciso c) del Decreto Ejecutivo N° 16192 del 16 de abril de 1985, Normas de Ceremonial del Estado y Orden de Precedencias Diplomáticas.

Considerando:

1°—Que, el 09 de setiembre de 2022, fue comunicado oficialmente el deceso de Su Majestad Reina Isabel II, monarca del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y soberana de la Mancomunidad de Naciones.

2°—Que, virtud de la relación histórica entre la República de Costa Rica y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Mancomunidad de Naciones, en nombre del Pueblo de Costa Rica, el Gobierno de la República y los suyos propios, lamentan profundamente el sensible fallecimiento de Su Majestad Reina Isabel II y expresan sentidas condolencias a los miembros de la Casa Real Británica, al Pueblo y a los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a los miembros de la Mancomunidad de Naciones. Por tanto,

Decretan:

Duelo Nacional por el fallecimiento

de Su Majestad Reina Isabel II

Artículo 1°—Declárese Duelo Nacional con motivo del fallecimiento de Su Majestad Reina Isabel II, monarca del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y soberana de la Mancomunidad de Naciones, los días nueve, diez y once de setiembre de dos mil veintidós.

Artículo 2°—Durante esos días, el Pabellón Nacional se mantendrá a media asta en todos los edificios públicos.

Artículo 3°—El Gobierno de la República de Costa Rica manifiesta sentidas condolencias a los miembros de la Casa Real Británica, al Pueblo y a los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y a los miembros de la Mancomunidad de Naciones.

Artículo 4°—Rige los días nueve, diez y once de setiembre de dos mil veintidós.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los nueve días del mes de setiembre del dos mil veintidós.

RODRIGO CHAVEZ ROBLES.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Arnoldo André Tinoco.—1 vez.—O. C. N° 4600072242.—Solicitud N° 01-2023.—( D43691-IN2023728424).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR