Decreto Nº 44285 - N° 44285-C EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JU VENTUD
Fecha de publicación | 07 Febrero 2024 |
Número de registro | D44285 - IN2024840289 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 44285-C
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JU VENTUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico -Arquitectónico de Costa Rica del 4 de octubre de 1995, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 199 del 20 de octubre de l995; y el Decreto Ejecutivo N° 32749-C, Reglamento a la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica (N° 7555) del 14 de marzo del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 219 del 14 de noviembre del 2005, y,
Considerando:
1º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge tiene un relevante valor arquitectónico, pues está construido en marcos de concreto y paredes de bahareque francés, técnica que en la actualidad se encuentra en desuso.
2º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge tiene gran valor histórico por estar construido con técnicas y materiales en desuso, por tener cerca de noventa años de existencia en muy buenas condiciones, lo que lo hace un testigo extraordinario de la historia costarricense en la época constructiva.
3º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge ha sido preservado en su estructura original desde la década de 1930, pues no ha sido significativamente intervenido desde entonces, y ha recibido un mantenimiento óptimo que ha permitido su preservación y conservación hasta la actualidad, evidenciando un sólido valor de autenticidad.
4º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge posee un gran valor contextual pues junto con la Basílica de Santo Domingo, y la plaza, define urbanísticamente al centro del distrito de Santo Domingo, y que, de igual manera, es un hito referencial cultural y urbano por su función y su estilo arquitectónico.
5º—Que la obra tiene el rasgo excepcional de ser el resultado de un proyecto compartido, pues originalmente lo diseñó el lng. Vincent Gregg, y posteriormente el Arq. José María Barrantes Monge rediseñó los volúmenes centrales actualizando estéticamente la construcción.
6º—Que la participación de Barrantes Monge en el diseño de la obra resalta el valor histórico del inmueble, pues fue un profesional que concibió y dirigió decenas de obras arquitectónicas que hoy son baluarte de la identidad cultural de los costarricenses.
7º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge tiene un gran valor simbólico para la comunidad de Santo Domingo, lo cual se sustenta doblemente en las vivencias en sus aulas de miles de habitantes locales, y, por otra parte, en la preminencia que tienen el volumen y el estilo del edificio en su medio urbano.
8º—Que el edificio antiguo de la Escuela Félix Arcadio Montero Monge es poseedor de un gran valor cultural por el aporte al capital cultural del distrito, del cantón y del país, pues generaciones de vecinos han pasado por sus aulas durante más de noventa años.
9º—Que el edificio es un hito referencial de la identidad cultural dominguera por haber sido desde hace nueve décadas el principal polo de la educación cantonal en el que generaciones y generaciones de ciudadanas y ciudadanos han cursado la educación primaria, en el marco material distinguido por la estética, el estilo, el volumen y la escala que caracterizan al inmueble.
10.—Que por Acuerdo Firme N° 6 tomado en la Sesión Ordinaria número 009-2023 del día 07 de junio del 2023, la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico emitió la opinión favorable al procedimiento, requerida por el artículo 7 de la Ley N° 7555, Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica y el...
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