Decreto No. 39743-MP-MD

Fecha de publicación07 Julio 2016
Número de registro39743-MP-MD
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,

Y LA MINISTRA DEL DEPORTE

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 8) y 20), y 146 de la Constitución Política; 25, 28, párrafo 2), inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 de 02 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—Que la Federación Costarricense de Ciclismo, cédula jurídica Nº 3-002-051304, es una federación deportiva que ostenta la representación nacional del deporte del Ciclismo, con base en lo estipulado en Ley Nº 7800, Ley de creación del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, y del régimen jurídico de la Educación Física, el Deporte y la Recreación. Asimismo cuenta con la representación internacional del ciclismo concedida por la Unión Ciclista Internacional (UCI).

II.—Que la Federación Costarricense de Ciclismo es un ente privado sin fines de lucro, que según la Ley Nº 7800 le es permitido realizar actividades con el objeto de proporcionarse medios económicos para realizar el fin que le es propio. A la vez, goza con la declaratoria de Utilidad Pública conferida por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en sesión ordinaria 446-2005, artículo V, inciso 10), acuerdo 35, del 18 de agosto del 2005, publicada en el Diario Oficial La Gaceta.

III.—Que la Federación Costarricense de Ciclismo es la encargada de llevar a cabo la Vuelta Ciclista Internacional a Costa Rica 2016, uno de los eventos deportivos más antiguos y emblemáticos de Costa Rica, el cual se ha desarrollado ininterrumpidamente desde 1965 y se encuentra registrado como un evento internacional en la UCI.

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